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Cerrada temporalmente la 'vía dominicana' para la titulación de los odontólogos

Representantes del Gobierno español y de la República Dominicana firmaron el pasado martes 18 de noviembre un nuevo convenio cultural que establece en su artículo 4 el compromiso de ambas partes para establecer un sistema de equivalencias académicas en los títulos de secundaria y universitarios. Para ello se ha creado una subcomisión integrada por expertos de ambos países. Este convenio sustituye al del año 1953 y afectara fundamentalmente a los odontólogos que cursen estudios en Santo Domingo y quieran establecerse profesionalmente en España.

Según el antiguo convenio los títulos obtenidos en cualquiera de los dos países habilitaban para el ejercicio profesional en el otro. Ahora será una subcomisión de expertos quienes evaluarán la validez académica de los títulos expedidos en Santo Domingo.Según un portavoz del ministerio de Asuntos Exteriores, "el nuevo convenio establece mayores garantías jurídicas para los alumnos que acudan a universidades dominicanas, ya que sabrán a qué atenerse respecto a si esos estudios les pueden ser o no convalidados en España". En una disposición transitoria el nuevo convenio establece que éste no tendrá carácter retroactivo .

"El convenio del 53 se ha revisado a petición nuestra porque había demasiadas irregularidades", dice José Monlleó, presidente del Consejo General de Colegios de Odontólogos y Estomatólogos de España. Y añade: "En estos momentos los colegios tienen que aceptar la colegiación de estas personas en virtud de varias sentencias de la Audiencia Nacional". "La primera sentencia sobre este tema es del año 1982. Esta sentencia", aclara José Miguel Sala, asesor jurídico del Consejo General de Colegios de Odontólogos y Estomatólogos, "confirmada posteriormente por el Tribunal Supremo, desestimaba una resolución del Ministerio de Educación que entendía no había lugar a la convalidación de un título obtenido en Argentina porque en nuestro país no existían los estudios de odontología. Pero la Audiencia Nacional, por su parte, si admite la convalidación".

A partir de este momento, y siempre según el asesorjurídico del Consejo General de Colegios de Odontólogos y Estomatólogos, "comienzan a proliferar las solicitudes de convalidación.

Monlleó piensa que existe una vulneración de los derechos de los españoles que necesitan cinco años para ejercer como odontólogos mientras los que vienen de otros países pueden hacerlo en virtud de estas sentencias con menor tiempo de estudios, y pide que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre el principio de igualdad en este tema.

Menos años de estudio

Una sentencia posterior de la sección cuarta de la Audiencia Nacional de septiembre de este mismo año establece que los títulos de la República de Santo Domingo referentes a odontología son convalidables con el título de odontología que se creó en 1986, tras la incorporación de España a la Comunidad Europea.Las facultades de Odontología comenzaron a funcionar hace dos años y en el año 1991 saldrá la primera promoción. "Con un mes de diferencia la sección quinta de la Audiencia Nacional cambia de criterio y dice que este título no es convalidable ni por el español de médico Estomatólogo ni por el nuevo de Odontólogo creado en el año 86, porque el de la República Dominicana parece ser académicamente muy inferior a cualquiera de los dos españoles.

Sin embargo, la sección quinta de la Audiencia ha convalidado el título dominicado por el de odontología español que se suprimió en el año 1948. Y esta es la situación actual", agrega Sala.

"Cuando los colegios hemos denunciado situaciones de irregularidad, ha habido sentencias que nos han quitado la razón. Desde el año 1987 el ministerio de Educación advierte en los títulos de convalidación que éstos no cumplen la directiva comunitaria. El problema se planteará cuando los médicos españoles obtengan títulos convalidados en los que se diga que no cumplen la normativa comunitaria. Tendremos entonces dos tipos de odontólogos españoles: los que estudian en las facultades creadas en el 86 y los de fuera. Esto puede suponer que habrá un tratamiento distinto y unos españoles sí podrán salir en el 93 a otros países y otros no. En el futuro lo veremos", explica Sala.

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