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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Concesiones al populismo

AL FIN, tras numerosas vicisitudes y un largo recorrido administrativo, el Consejo de Ministros ha dado luz verde al reglamento de los planes y fondos de pensiones. Algunas estimaciones prevén que estos fondos, que en los países avanzados desempeñan un importante papel en la economía, podrían llegar a disponer de unas sumas comprendidas entre uno y tres billones de pesetas. Como quiera que, por voluntad de la ley, los recursos deben invertirse mayoritariamente en títulos cotizados oficialmente, es de esperar que incidan fuertemente en el desarrollo de la bolsa. De hecho, una de las razones que explican la fuerte afluencia del capital extranjero hacia la Bolsa de Madrid ha sido la inclusión de España en el circuito de diversificación de los fondos de pensiones de los países más industrializados.El reglamento que acaba de aprobarse prevé que el 90% del activo de los fondos de pensiones deberá colocarse en títulos negociados en la bolsa, en depósitos bancarios (con un límite del 15%), en créditos con garantía hipotecarla y en inmuebles. En los países anglosajones, las colocaciones en la bolsa superan el 75% de los fondos, mientras que en países como Holanda, Alemania Occidental o Suiza, las colocaciones privadas o las que consisten en inmuebles e hipotecas son más importantes.

Los fondos de pensiones deberán ser administrados por entidades gestoras, bajo la supervisión de comisiones de control, que contarán con mayoría absoluta de partícipes en el fondo. Un problema que se planteará es la constitución de esas comisiones y la designación de sus miembros. El reglamento establece que los vocales no serán remunerados, pero en la práctica dispondrán de un poder considerable si, como parece lógico, los fondos se desarrollan rápidamente. La redacción del reglamento impide que los promotores, que a menudo serán las empresas, dispongan de mayoría absoluta, pero tampoco confiere el control a los sindicatos.

Los aspectos fiscales son los más discutibles. Del reglamento actual ha desaparecido la obligación de incluir los derechos devengados en la declaración del impuesto sobre el patrimonio. Se trata de una decisión razonable que no se ha seguido en otros terrenos. La decisión de limitar a 500.000 pesetas la desgravación en la base del impuesto sobre la renta de las personas físicas y la de deducir un 15%, de la cuota hasta el límite de 750.000 son una concesión al populismo. Todo sucede como si los directivos de las empresas y los profesionales en general no tuvieran derecho a mantener, llegada la jubilación y con el dinero ahorrado durante el período de su vida activa, un nivel de ingresos equiparable al de su período profesional. Es evidente que cada cual puede dedicar el porcentaje que desee de su renta al ahorro; lo único que ocurre es que más allá de los límites establecidos por el Estado, el mismo dinero tributará dos veces. Se trata de una decisión absurda desde el punto de vista económico, puesto que si esa misma renta se dedica al consumo tan sólo tributará una vez. De esta manera, el Estado favorece el consumo frente a la inversión, lo cual choca frontalmente con el proclamado objetivo de creación de empleo.

Para todos aquellos que estén dispuestos a ahorrar más de 500.000 pesetas por año para su jubilación, la única salida consiste en intentar obtener unos rendimientos en sus colocaciones que compensen el efecto de la doble tributación a que serán sometidos. Con ello, la coherencia de la política económica se detiene a las puertas del dogma populista. O quizá sólo se trate de un problema de ignorancia.

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