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Tribuna:EL DEBATE SOBRE LA REGULACIÓN DE LOS INTERCAMBIOS EXTERIORES
Tribuna
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La nueva ley comercial norteamericana de 1988

Después de tres años de tira y afloja, enmiendas, contraenmiendas y hasta vetos presidenciales, la ley comercial norteamericana de 1988 fue ratificada por el presidente Reagan el 23 de agosto, tras haber sido aprobada por la Cámara de Representantes el 13 de julio y por el Senado el 3 de agosto.La Omnibus Trade and Competitiveness Act de 1988, convertida finalmente en ley por la firma de Reagan, ha despertado un considerable interés en los medios económicos y comerciales internacionales, por dos motivos: por la importancia que las decisiones norteamericanas tienen en materia de comercio mundial y por el contenido amplio y agresivo que tiene el documento ahora convertido en ley, y que alcanza las 1.128 páginas.

Respecto al primer tema, poco hay, me parece, que insistir. En 1987 Estados Unidos efectuó importaciones por un total de 424.000 millones de dólares, lo cual viene a suponer el 16,5% del total mundial, mientras que sus exportaciones se situaban en los 253.000 millones de dólares, que suponen el 10,2% de las exportaciones mundiales.

Ambas cifras evidencian que el peso norteamericano en la absorción de exportaciones de otros países es muy importante, y habría, además, que decir que ello ha tenido un efecto dinamizador sobre las exportaciones de una serie de países del Pacífico y de otras áreas muy dependientes de la economía norteamericana.

No es el momento, hoy, de comentar lo que viene siendo el enorme déficit comercial norteamericano; de su origen, que algunos asocian a la endiablada revalorización del dólar en los últimos años de altos tipos de intereses, consecuencia de las políticas practicadas por causa del déficit fiscal, o de la inquietud y zozobra que se adueña de los mercados mundiales cuando, mes a mes, se dan los resultados de la balanza comercial, fortaleciendo o debilitando el dólar e incidiendo rápidamente sobre las bolsas de valores y hasta de mercancías. De este tema, por cierto, tuve ocasión de ocuparme en uno de los cursos de verano de la universidad Complutense, en el que fui ponente este mes pasado.

Lo que sí es muy cierto es que la discusión sobre el déficit ha estimulado presiones en favor de la adopción por Estados Unidos de posiciones proteccionistas y frenadoras de importaciones y presiones en favor de forzar a los europeos y a los japoneses a abrir más sus fronteras en el cuadro de las reuniones de coordinación de políticas económicas y en las cumbres y otros foros mundiales.

Deseos proteccionistas

Hay que decir que la Administración de Reagan y las presiones de las cámaras de comercio norteamericanas en varios países europeos, agrupadas en la American Chamber of Commerce, han conseguido suavizar y matizar la tentación y los deseos proteccionistas que impulsaban algunos sectores industriales que se consideraban amenazados por determinadas importaciones.En este sentido, se consiguió hacer desaparecer del texto aprobado la enmienda Gepliart, que hubiera obligado a reducir en un 10%. anual los déficit comerciales con ciertos países; la Bryant, que quería el establecimiento de un registro de control de inversiones extranjeras, la limitación a las exportaciones petroleras de Alaska, la cláusula de notificación de suspensión del contrato de trabajo por cierre, tema éste que ha quedado en otra ley, pero no en la comercial.

Ello no quiere decir, empero, que la tentación proteccionista haya desaparecido en el texto finalmente aprobado, pues los amplios poderes que recibe la Administración norteamericana para controlar las importaciones y las prácticas comerciales de otros países que puedan afectar el comercio con Estados Unidos de forma desleal son de tal índole que el nuevo presidente norteamericano que salga de las elecciones de este último trimestre de 1988 se encontrará con grandes poderes para negociar y para, incluso, establecer sanciones contra otros países.

La ley da, en este sentido, atribuciones al presidente hasta el 31 de mayo de 1993, y estas atribuciones permitirán que la Ronda Uruguay del GATT pueda avanzar y que puedan establecerse reducciones arancelarias de hasta el 50%, pero da también otras atribuciones que provocan una gran reticencia e inquietud en otros países del mundo que temen que factores políticos condicionen en el futuro la política comercial norteamericana.

Hay que tener muy en cuenta, a este respecto, que una parte de la sociedad norteamericana parece estar muy en contra de ciertos abusos que han cometido ciertas empresas y países respecto a apoyos a sus exportaciones hacia Estados Unidos, manipulaciones del tipo de cambio respecto al dólar, falta de respeto a patentes norteamericanas y producción de productos falsificados, limitación del acceso de productos norteamericanos a sus respectivos mercados, no admisión de ofertas norteamericanas a licitaciones públicas en ciertos países, desviación hacia países del Este de productos con tecnología de doble uso sujetos a la regulación COCOM, prácticas de dumping, etcétera. En la ley se autoriza, por todo ello, al presidente y al representante comercial de EE UU a ejercer un control de estas cuestiones y actuar en la forma que el caso demande.

Nuevos mercados

La nueva ley consolida, por otra parte, las políticas de promoción de exportaciones que EE UU tenía hasta ahora esbozadas suavemente o de forma provisional.Con ello se pretende abrir nuevos mercados a las exportaciones o reforzar la presencia de productos norteamericanos en el exterior, partiendo de la constatación de que otros países apoyan sus productos de tal forma que vuelven incompetitivos a los productos norteamericanos sobre los mercados mundiales. En este terreno, es ilustrativo referirse a la duplicación de los fondos del programa de asistencia de exportaciones, al mayor apoyo a exportaciones agrarias, hasta tanto, al menos, no se realicen avances en la Ronda Uruguay del GATT, a la entrada en el apoyo a las exportaciones de la Small Business Administration y algunas medidas más.

La nueva ley constituye, con todo esto, un marco en el que la Administración norteamericana tendrá mayores poderes para negociar, lo cual puede ser bueno o malo, según vayan las cosas en el futuro y según evolucionen las macromagnitudes y, con ellas, las presiones y contrapresiones inflacionistas, proteccionistas, sindicales, patronales y otras.

La aplicación de la ley se encauzará, también, seguramente, según sea la evolución que vayan teniendo las negociaciones de la Ronda Uruguay del GATT, de las que definitivamente, por cierto, dice la ley, hay que excluir a la Unión Soviética, hasta tanto no tenga un sistema comercial internacional libre.

Dos aspectos finales positivos a los que no quiero dejar de referirme antes de acabar son la aplicación del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías que la ley fija que aplicarán los norteamericanos el 1 de enero de 1989 (como otros países la aplican ya desde este año) y los deseos que se traslucen en la ley de negociar agresivamente con otros Estados, aprovechando la vía multilateral de los organismos internacionales y la vía bilateral país a país; ello, en un momento en que las actitudes unilaterales están a la orden del día, no deja de ser un consuelo respecto a la voluntad de no dar al traste con años y años de cooperación internacional, aun a pesar de estar proclamándolo desde una posición que más nos recuerda los postulados del realismo político que los del idealismo internacionalista.

Francesc Granell es catedrático de Organización Económica Internacional en la universidad de Barcelona

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