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Atracar con corbata no es una agravante, según una sentencia

Juan Manzanares Ros ha sido condenado por la Audiencia de Lérida a la pena de tres años de prisión, como autor de un delito de robo con violencia cometido en mayo de 1985 en una entidad bancaria de Balaguer (Lérida). En contra de la pretensión del fiscal, el tribunal no ha considerado como agravante de disfraz o astucia el hecho de que Manzanares perpetrara el atraco vestido con traje y corbata.El ponente de la sentencia estima que no constituye tal agravante de astucia el ir vestido de forma normal con traje y corbata "ya que esta es una forma muy correcta, usada y extendida de vestido y más bien el ir así debe considerarse dentro de una perfecta normalidad en gente de todas las condiciones sociales y económicas del país, a pesar de otras modas llamadas indebidamente progres y que más bien encierran bastante de deficiente corrección, educación y aliñamiento".

La sentencia no aprecia la atenuante de perturbación mental de Manzanares, alegada por la defensa, por no haber sido acreditada tal enfermedad. Manzanares, que ha intentado suicidarse dos veces, cumple en la Modelo una condena de 22 años por otro atraco perpetrado el 1 de julio de ese mismo año en una entidad bancaria de Valls (Tarragona), durante el cual efectuó tres disparos contra el gobernador de la provincia, Vicente Valero. La compañera de Manzanares, Josefa Sánchez, ha sido condenada a dos años y cuatro meses como cómplice del atraco que aquél efectuara en el Banco Popular Español de Balaguer tres meses antes del suceso de Valls.

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