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Los abogados podrán ejercer aunque no paguen la mutualidad

Los licenciados en Derecho podrán ejercer la carrera de abogados aunque no paguen las cuotas de la mutualidad de previsión de la Abogacía. Así se deduce de la sentencia del Tribunal Supremo que ha invalidado el artículo 25.1,a del Estatuto General de la Abogacía.El abogado de Zaragoza Abilio Ballester Marquina, fue desposeído de la condición de colegiado por impago de las cuotas de la Mutualidad General de Previsión de la Abogacía. Demandó al Consejo General de la Abogacía y la Audiencia Territorial de Zaragoza le dio la razón. El máximo órgano de los abogados españoles, que preside Antonio Pedrol, recurrió la decisión de la Audiencia de Zaragoza.

La sala cuarta del Supremo ha recogido los argumentos de José María Mohedano, defensor del abogado expulsado y precisa en su sentencia que existe una evidente desproporción entre el hecho de no pagar las cuotas y la consecuencia jurídica de la imposibilidad del ejercicio de la profesión de abogado.

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