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Los funcionarios transferidos deben cobrar igual que los autonómicos 'heredados'

La Sala Quinta del Tribunal Central de Trabajo ha confirmado la equiparación al alza del salario de los funcionarios transferidos de la Administración del Estado con los de la Comunidad de Madrid, por estimar que abonar retribuciones diferentes a personas que realizan el mismo trabajo en la misma dependencia y que sólo se diferencian por su procedencia vulnera el principio de igualdad reconocido en la Constitución. La sentencia, contra la que no cabe recurso, podrá ser aplicada en otras comunidades autónomas y supone para las arcas de la Comunidad madrileña un desembolso extra de 1.000 millones de pesetas.

(La Comunidad de Madrid formó su cuerpo de funcionarios y personal laboral con los que heredó de la anterior Diputación Provincial y los que recibió procedentes de la Administración, central del Estado, transferidos para dar cobertura, a las transferencias realizadas con la nueva organización autonómica. La diferente situiación laboral y salarial de unos y otros fue el origen de esite caso).[A última hora de la tarde de ayer, fuentes del Ministerio de Administraciones Públicas reconocían desconocer el número exacto de funcionarios que se encuentran en la misma situación y la imposibilidad de calcular su coste. Según dichas fuentes, existe el precedente de Navarra donde la equiparación salarial del colectivo de maestros supuso un coste de 3.000 millones de pesetas. En la actualidad son cerca de 400.000 los funcionarios transferidos a las comunidades autónomas, la mayoría reclasificados, según el ministerio].

El Tribunal Central de Trabajo, al confirmar la sentencia del magistrado Jesús Gullón, ha anulado las 26 tablas salariales pactadas por la comisión paritaria del convenio para el personal laboral de la Comunidad de Madrid, que suponían la discriminación.

Discriminación

La demanda que ha dado origen a esta sentencia fue presentada por Carlos Sánchez, como representante de CC OO de la Administración pública, bajo la dirección letrada del abogado Ricardo Bodas, que consideraba una discriminación que los 4.000 funcionarios transferidos cobraran por el mero hecho de serlo entre 200.000 y 300.000 pesetas menos al año que el personal laboral originario de la Comunidad de Madrid.En el proceso de transferencias desde la Administración a la Comunidad de Madrid, el año 1985 supuso la incorporación a ésta de un gran número de organismos y servicios, y consecuentemente, de personal funcionario y laboral con muy distintas condiciones laborales, que era preciso armonizar y homogeneizar en lo posible.

La comisión paritaria de la que Carlos Sánchez era miembro aprobó en septiembre de 1985 las tablas salariales de aplicación aquel año, y en octubre del año siguiente las correspondientes a 1986. Estas tablas salariales fueron 26. La primera se refería al personal de origen de la comunidad, y el resto al transferido, con la particularidad de que los salarios de estos últimos eran inferiores a los correspondientes a las mismas categorías y niveles de la tabla del personal de la comunidad.

Esa situación significaba de hecho que el personal de nuevo ingreso percibía un salario superior a igual categoría y trabajo que un trabajador transferido, lo que evidentemente suponía una discriminación ahora subsanada.

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