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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Espaldarazo al 'cuarto turno'

LA PRIMERA sentencia del Tribunal Supremo referente al cuarto turno representa un espaldarazo al nuevo sistema de acceso a la función judicial mediante concurso de méritos -y no por el tradicional de la oposición-, tan sañudamente combatido desde el mismo anuncio de su implantación por la derecha política y por un sector de la propia judicatura. El Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre un caso concreto: la supuesta discriminación ejercida con un concursante, pero de paso se ha visto abocado a valorar la legalidad del sistema.La incorporación directa de profesionales -abogados en ejercicio, secretarios judiciales, profesores de universidad, etcétera- a la función de jueces y magistrados sin pasar por los ritos iniciáticos de la oposición ha sido justificada por la necesidad de alcanzar dos objetivos: engrosar el menguado flujo de aspirantes a ejercer el oficio de juzgadores -lo que ha provocado en estos años una especie de desertización judicial, manifestada en juzgados sin titular y en tribunales mermados de efectivos- y abrir el mundo cerrado de la judicatura a las ideas y valores vigentes en la sociedad. Los críticos del sistema, sin embargo, sólo han visto en él un nuevo camino ideado por el partido en el poder para copar la función jurisdiccional con sus allegados y amigos políticos.

Fuera cual fuera la base de esta acusación, la realidad ha venido a desmentirla tajantemente. El caso concreto ahora resuelto por el Tribunal Supremo, convenientemente jaleado en su día como ejemplo de discriminación partidista, se ha revelado exclusivamente como un supuesto -legítimo, desde luego- de apreciación subjetiva de un concursante que cree ver en el tribunal que le ha denegado la plaza una predisposición malévola hacia su persona. Los tribunales que tienen en sus manos el acceso a la función pública no son inmunes a la arbitrariedad, a la injusticia y al favoritismo. La experiencia lo demuestra sobradamente. Pero es más que dudoso que los tribunales que controlan el acceso a la carrera judicial por concurso de méritos entre juristas -los mismos, por otra parte, que actúan en las oposiciones- se presten al juego de entregar las plazas convocadas a hipotéticos recomendados del Gobierno. Es, evidentemente, una manera demasiado burda de presentar la cuestión, aunque así lo hayan hecho los sectores que han combatido esta forma de acceder a la judicatura.

Si algo hay que imputar a estos tribunales es, en todo caso, su excesiva prudencia, su rigorismo y su medrosidad en la selección de candidatos, debido seguramente en parte a la sensación de sentirse estrechamente vigilados. El resultado es que, hoy por hoy, no se ha cumplido el objetivo principal atribuido a esta vía de acceso a la carrera judicial. De las 79 plazas de magistrados asignadas en los dos últimos años al cuarto turno -la cuarta parte del total de vacantes en esta categoría- sólo se han cubierto 41. Lo mismo ha ocurrido con las 150 plazas de juez que deberían cubrirse con este sistema -un tercio de las vacantes producidas-, de las que sólo lo han sido 76.

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A los problemas de calidad y de formación de su personal la justicia española acumula el fundamental de la falta de jueces. La cifra actual de 1.933 plazas de jueces y magistrados es ridícula, queda lejos de la media de cualquier país europeo y es una muestra de la parsimonia y cicatería con que también los gobernantes actuales abordan los problemas de lajusticia. Pero la situación se agrava todavía más con las vacantes numerosas que se producen a causa de la jubilación de los jueces a los 65 años -medida, por lo demás, coherente con los criterios de racionalidad e igualdad que deben regir en el conjunto de la función pública y que apenas pueden ser cubiertas con las nuevas hornadas. A la actual escasez de jueces no son ajenos ni el método memorístico con que se seleccionan a través de la clásica oposición ni los criterios eruditos que rigen el concurso de méritos. Se olvida que para ejercer la función jurisdiccional lo que más importa -además del conocimiento de las leyes- es que el aspirante tenga una sólida formación humana y una percepción actual del mundo circundante.

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