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Un ganador del 'sorteo del oro' de la Cruz Roja debe pagar 36 millones de pesetas a Hacienda

Arturo Casañ Artola, un valenciano agraciado con 70 millones de pesetas en el sorteo de la Cruz Roja de 1985, deberá abonar a Hacienda 36 millones de pesetas. Una sentencia de la Audiencia Territorial de Valencia ha desestimado el recurso que Casañ presentó contra el requerimiento efectuado por Hacienda. Según el tribunal, los premios del sorteo del oro de la Cruz Roja, a diferencia de la Lotería Nacional, las quinielas y el sorteo de la ONCE, están sometidos a tributación.A Casañ le correspondieron 50 kilos de oro en el sorteo de la Cruz Roja de hace tres años, que fueron evaluados en 70 millones de pesetas. El agraciado no los incluyó en su declaración tributaria, al considerar que ese dinero no constituye renta. Casañ interpretó así los hechos por analogía con el supuesto recogido en el artículo 3.4 de la ley 44 de 1977 Este artículo señala: "No tendrán consideración de renta los premios de la Lotería Nacional del Patronato de Apuestas Mutuas Deportivo Benéficas y de la Organización Nacional de Ciegos Españoles, así como los premios literarios, artísticos y científicos relevantes que se determinen reglamentariamente".

Sanción e intereses

Hacienda levantó un acta de infracción contra Casañ y le exigió más de 68 millones de pesetas, por la cuota del impuesto sobre la renta y la sanción por no haber declarado el ingreso e intereses de demora. Hace unos días, poco antes de ser dictada la sentencia, Hacienda le retiró la sanción (32 millones de pesetas) y ahora sólo le exige 36 millones. Arturo Casañ, de 50 años, ha declarado que se ha cometido "una injusticia que no tiene nombre". Aseguró también que ha comprobado en Hacienda y en la Cruz Roja que ningún otro agraciado con, este premio ha sido requerido jamás para pagar tributos, y que en estos momentos no dispone de dinero porque el del premio lo ha invertido en su taller de mármol para dar trabajo a sus tres hijos.Casañ se mostró desesperado y comparó su situación con "un atraco y un cataclismo". "Me están quitando la vida a mí y a mi familia", concluyó.

Casañ acudió a los tribunales por estimar que se había conculcado el principio de igualdad reconocido en la Constitución, porque los premios de otros sorteos no tributan a Hacienda y porque "con anterioridad ningún beneficiario de ese sorteo ha abonado cantidad alguna a Hacienda". El fiscal solicitó la admisión de este recurso, mientras que Hacienda se opuso.

El tribunal considera que no puede hablarse de desigualdad porque existen otras loterías y rifas excluidas del privilegio de la no tributación.

La sentencia señala que "a través del sorteo de la Cruz Roja se trata de beneficiar a una entidad privada (aun cuando sus fines sean loables)", sin que gocen de dicho beneficio otras entidades benéfico-sociales.

Agrega que el Estado no participa en un porcentaje de las recaudaciones con la consiguiente minoración en la cuantía de los premios, y por otra parte el ciudadano es libre de participar en un sorteo que estuviera sujeto al impuesto sobre la renta".

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