El juez de la Audiencia Nacional aprecia indicios de implicación con los GAL en la actuación de Amedo
Francisco Castro Meije, titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, ha apreciado indicios de crimialidad en el subcomisario de policía José Amedo Fouce por lo que acordó ayer elevar a la Sección Tercera de lo Penal de este órgano judicial el sumario abierto sobre la presunta implicación del policía en actividades de los Grupos Antiterroristas de Liberación (GAL), para su procesamiento. El juez Castro Meije aceptó también la personación de las víctimas de los GAL, que podrán actuar como acusación particular.
La decisión del juez Castro Meije se produce dos días después de que el juez de instrucción de Bayona, Phillippe Calaverie, por similares motivos, emitiera una orden de busca y captura contra Amedo. Sin embargo, la justicia española no está obligada a entregar a otro Estado un ciudadano español. Fuentes jurídicas afirmaron que si, además, ese ciudadano es juzgado en su país, la actitud española será mejor entendida. A este respecto, el portavoz del Gobierno, Javier Solana, ofreció ayer la colaboración del Ejecutivo "para todo lo que se le requiera judicialmente", en relación con el caso del subcomisario Amedo.El magistrado Castro Meije comunicó personalmente a los informadores la decisión, adoptada ayer, de elevar el sumario a la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional, pero aseguró que no diría "absolutamente nada" sobre el alcance de su resolución, ya que debía conocerla antes que nadie la sala. Con todo, fuentes judiciales y fiscales señalaron a este periódico que el envío del sumario, en este momento, al tribunal superior sólo puede tener como motivo el haber encontrado indicios de criminalidad suficientes para procesar, ya que, al tratarse de policías, el procesamiento corresponde al tribunal colegiado.
El artículo 8 de la ley orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de 13 de marzo de 1986, dice, entre otras cosas, lo siguiente: "Iniciadas unas actuaciones por los jueces de instrucción, cuando éstos entiendan que existen indicios racionales de criminalidad por la conducta de miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad, suspenderán sus actuaciones y las remitirán a la Audiencia Provincial correspondiente [para casos de terrorismo, a la Audiencia Nacional], que será la competente para seguir la instrucción, ordenar, en su caso, el procesamiento y dictar el fallo que corresponda".
En aplicación estricta de este precepto, el juez Castro Meije ya remitió a la sala, a finales de 1987, las diligencias abiertas por el caso Amedo. Sin embargo, la sala se las devolvió por estimar que si el magistrado advertía indicios de delito debía abrir sumario antes de proponer el procesamiento de Amedo. Así lo hizo Castro Meije, que en los primeros días del, año convirtió las diligencias en sumario número 1/1988, que ayer elevó a la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional, para que decida sobre el procesamiento de Amedo.
Según las fuentes antes mencionadas, en caso de que el juez Castro no hubiera encontrado indicios racionales de implicación en el GAL del policía Amedo y hubiera decidido, por tanto, archivar las actuaciones, la resolución habría sido notificada a las partes, pero no elevada al tribunal colegiado.
Personación de las víctimas
El magistrado Castro Meije dio cuenta también de que había resuelto sobre la petición de personación en la causa de las víctimas de los GAL. Tampoco en este caso quiso informar sobre el contenido de su resolución. Fuentes jurídicas señalaron que la decisión del juez instructor ha sido favorable a la personación solicitada, en nombre de los interesados, por el abogado Íñigo Iruin. El fiscal no se había opuesto a la personación.Por lo que se refiere a la elevación del sumario a la sala, el fiscal no ha informado en ningún sentido, ya que no es preceptivo que lo haga.
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