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TRIBUNALES

El Supremo permite a Varón Cobos volver a la carrera judicial y confirma la expulsión de Rodríguez Hermida

El pleno del Tribunal Supremo permitió anoche, por 38 votos contra 16 y tras siete horas de debate, la vuelta a la carrera judicial del magistrado Ricardo Varón Cobos, y confirmó, en una votación de resultado muy parecido, la expulsión del también magistrado Jaime Rodríguez Hermida, por su intervención en la irregular puesta en libertad del jefe de la Camorra napolitana, Antonio Bardellino, en enero de 1984, según fuentes del alto Tribunal. Varón Cobos podrá, pues, reintegrarse a la Audiencia Nacional, aunque no a su plaza de juez central número 1, pues la vacante ya fue cubierta.

El pleno del Supremo rebajó la sanción impuesta a Varón Cobos por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en mayo de 1986 de falta muy grave a falta grave, lo que implica una sanción de 50.000 pesetas que es la máxima que fija la ley. Además le deberán ser abona dos todos los haberes no percibidos desde que fue suspendido en el ejercicio de su cargo hasta la actualidad.El razonamiento seguido por el Supremo para la revocación de dicha sanción es que la conducta del juez no estaba bien incardinada en la ley. "Es como si se condenara por estupro a la estuprada", manifestaron asistentes a la reunión.

El artículo 417.2 de la ley orgánica del Poder Judicial, que es por el que el CGPJ sancionó a los dos magistrados, considera falta muy grave "la intromisión, dirigiendo órdenes o presiones de cualquier tipo, en la aplicación o interpretación de las leyes que corresponda a cualquier otro órgano jurisdiccional". De esta forma, la sanción a Rodríguez Hermida encaja en la ley en cuanto que su conducta, según un magistrado del alto Tribunal, fue de "entrometido", pero no la de Varón, que en todo caso fue "descuidado".

La sentencia en el proceso penal seguido contra los dos magistrados y la amiga de uno de ellos Josefa Suárez Peral, la Pepa, ha condicionado notablemente la decisión del Supremo. Esa sentencia, ganada por. tres votos contra dos, absolvió a los magistrados por entender que la decisión de Varón Cobos al poner en libertad a Bardellino fue perfectamente legal. Al no estimar la Sala Segunda del Supremo, que fue competente en dicho proceso, el delito de prevaricación (dictar a sabiendas resolución injusta) del que los jueces estaban acusados, el pleno del Supremo se ha visto con las manos atadas para encontrar sanción adecuada a la conducta de Varón.

Aunque todavía no se ha hecho pública por cual de las faltas graves previstas en la ley se ha sancionado a Varón Cobos, un asistente al pleno indicó que el motivo de la sanción es "no haber defendido su independencia".

Absueltos

Aunque Rodríguez Hermida ha visto confirmada su expulsión, todavía tiene la posibilidad de presentar recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

Ricardo Varón Cobos y Jaime Rodríguez Hermida fueron procesados por supuesto delito de prevaricación por la puesta en libertad de Bardellino, pero fueron absueltos por la Sala Segunda del Supremo en el proceso penal que se siguió contra ellos.

Fue el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), por la vía disciplinaria, el que acordó la expulsión de ambos de la carrera judicial por la comisión de una falta muy grave.

El pleno del Supremo, integrado por 54 de los 60 magistrados que lo componen, fue presidido por Adolfo Carretero, presidente de la Sala Quinta, por ser el más antiguo. Antonio Hernández Gil, presidente del Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, no dirigió la sesión debido a que el recurso contencioso- administrativo de Hermida y Varón estaba presentado contra la sanción de expulsión de la carrera judicial que les impuso el consejo.

Hernández Gil fue uno de los miembros del CGPJ que acordó por unanimidad en mayo de 1986 la expulsión de los dos jueces.

El fallo del pleno del alto Tribunal fue comunicado por el presidente en funciones, Adolfo Carretero, a los procuradores de Rodríguez Hermida y Varón Cobos, el ex futbolista Isacio Calleja, y José Murga, respectivamente, casi al mismo tiempo que a los medios informativos.

El ponente del caso es el magistrado de la Sala Quinta del alto Tribunal, Francisco José Hernando de Santiago, quien tardará todavía unos 15 días en hacer público el texto completo de la sentencia.

El 'caso Bardellino'

En enero de 1984, Ricardo Varón, juez central 1 de la Audiencia Nacional, acordó la libertad provisional con una fianza de cinco millones de pesetas de Antonio Bardellino, jefe de la Camorra napolitana, para el que Italia había pedido su extradición. Inmediatamente salta el escándalo y pronto se conoce que el magistrado del Tribunal Supremo Jaime Rodríguez Hermida había pedido aVarón que pusiera en libertad a Bardellino. Las investigaciones demostraron que la compañera del mafioso, Rita de Vita, había abonado 1,0 millones de pesetas para obtener la liberación. En el ojo del huracán estaban los dos jueces y una amiga sentimental de Hermida, Josefa Suárez Peral, la Pepa.

La Sala Segunda del Tribunal Supremo juzgó a los tres por presuntos delitos de prevaricación (dictar a sabiendas resolución injusta). El 5 de mayo de 1986, el tribunal, por tres votos contra dos, decidió absolver a los tres por estimar que la puesta en libertad del camorrista fue perfectamente legal.

Los magistrados José Hijas, -que se jubilaba al día siguiente del juicio-, Antonio Huerta y Fernando Cotta -de ideología conservadora- votaron en favor de su compafíero y se olvidaron de la existencia del dinero y de otras dádivas, como una pulsera de oro que costó 175.000 pesetas.

El mismo mes de mayo, el CGPJ acordó por unanimidad la expulsión de los dos magistrados de la carrera judicial. Ambos recurrieron y el propio consejo ratificó su decisión anterior. Rodríguez Hermida y Varón Cobos presentaron entonces recurso por vulneración de la ley de protección jurisdiccional de los derechos fundamentales de la persona, de tramitación mucho más rápidaque el recurso contencioso-administrativo. El Supremo no admitió a trámite el recurso de Varón y en febrero de 1987 rechazó el recurso de Hermida.

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