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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

La objeción en Europa

Con estas líneas desearía felicitar a mis compañeros abogados Josep Cruañas y Julio Recalde, y a su diario, por el artículo aparecido el pasado martes 22 de diciembre titulado Objeción de conciencia: dos sentencias retrógradas.Ahora bien, lo único que no comparto con los autores del citado artículo es su afirmación de que "el derecho a la objeción de conciencia está plenamente reconocido hoy día en los Estados que se titulan democráticos".

Salvo contadas excepciones, la objeción de conciencia es un derecho de la persona solamente en las democracias occidentales donde el servicio militar es obligatorio. Por ello, en la práctica, la objeción de conciencia queda circunscrita a los países de la Europa occidental, con la excepción del Reino Unido, donde no hay mili.

Como una carta al director no es el lugar para hacer un minucioso estudio del derecho comparado, a título de ejemplo voy a tomar el informe de 1987 de Amnistía Internacional, donde la citada organización ha denunciado por violar expresamente el derecho humano a la objeción de conciencia a los siguientes países: España, Finlandia, Francia, Grecia, Italia, Noruega, República Federal de Alemania y Suiza.

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Y aunque Holanda no aparezca en esta lista, y allí se reconozca la objeción sobrevenida, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos la ha condenado dos veces por sobrepasarse con objetores- Secretario de la Asociación para la Objeción de Conciencia.

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