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España rechaza la acusación de que se condenó sin pruebas a los implicados en el 'caso Bultó'

El Tribunal Internacional de Estrasburgo juzgó ayer a España por supuesta infracción del Convenio de los Derechos Humanos, presuntamente cometida al juzgar sin garantías suficientes y condenar sin pruebas claras a los independentistas catalanes Xavier Barberá, Antoni Messeguer y Ferran Jabardo a 78 años de prisión por el asesinato del industrial José María Bultó. El representante del Gobierno español desmintió en la vista oral estas acusaciones y aseguró que la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo habían actuado con escrupulosidad y respeto a la ley y a las costumbres.España fue juzgada ayer por primera vez ante el Tribunal Internacional de Estrasburgo por supuesta vulneración del- artículo 6 del Convenio de los Derechos Humanos, en el que se garantiza un juicio justo y equitativo para todos los ciudadanos.

Las acusaciones contra España fueron formuladas en primer lugar por el representante de la Comisión de los Derechos Humanos, que investigó en su día el caso e instruyó el correspondiente expediente. El representante de la comisión realizó ayer ante el tribunal funciones similares a las del ministerio público. También participaron en la labor de acusación los abogados Christian Eteline, August Gil Matamala y Simeó Miquel, que actuaron en representación de los tres independentistas. Estos demandantes reclaman que se dicte una sentencia condenatoria contra España y una compensación económica total de 30 millones.

La acusación argumentó que durante el juicio oral a estos independentistas no se aportaron pruebas concretas de su culpabilidad, que hubieran provocado su análisis y debate, a pesar de lo cual se dictó una sentencia condenatoria. En segundo lugar, alegaron que se sustituyó al presidente del tribunal de forma imprevista e irregular, impidiendo que los procesados pudieran recusar al magistrado. Por último, que los imputados no se encontraban en condiciones físicas y psíquicas adecuadas en el momento del juicio, ya que habían llegado a Madrid, procedentes de Barcelona, seis horas antes de iniciarse la vista.

Vacío de pruebas

"El juicio estuvo vacío de pruebas", aseguró el representante de la Comisión de los Derechos Humanos, quien afirmó que las pruebas en las que se fundamenta la condena debían de haberse aportado a la sala durante la vista y debatido "en profundidad" delante del tribunal. Recalcó la ausencia de testigos y de pruebas. En su opinión, el tiempo que se dedicó a la vista oral fue insuficiente para examinar un procedimiento de estas características.

La acusación criticó especialmente con dureza el hecho de que se hubiera utilizado como elemento inculpatorio los documentos acumulados en el sumario, sin haberlos analizado ni examinado con minuciosidad ante el tribunal. A este respecto los abogados de los demandantes afirmaron que se trataba de una práctica forense viciada, en la que incurre habitualmente el ministerio fiscal.

Estas acusaciones fueron, rechazadas por los portavoces del Estado español, el vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial, Manuel Peris, y el teniente fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido. Éstos fueron los únicos que hablaron en castellano durante la vista. Los demás intervinientes lo hicieron en francés. El abogado Gil Matamala sólo utilizó el castellano al final de la vista, cuando tuvo que improvisar ante el tribunal y le costaba expresarse correctamente en francés.

Los representantes del Gobierno español aseguraron que se había actuado con rigor y respeto hacia la ley. Recalcaron que los demandantes habían expuesto ante el Tribunal de Estrasburgo muchas cuestiones que no habían planteado con anterioridad ante la corte española, por lo que se debía rechazar su demanda. Los recurrentes "no actuaron de buena fe, escondiendo y no exponiendo en su día los problemas procesales para que pudiera corregirlos el tribunal", aseguró la representación de la Administración española.

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