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Las 'trading' deben facturar 1.500 millones para estar exentas de IVA

., La Secretaría de Estado de Comercio tiene ultimado el proyecto de decreto-ley por el que se regulan las sociedades de comercio exterior o trading, como medida incluida en el Plan de Fomento a las Exportaciones. Estas sociedades dedicadas a la intermediación de operaciones de comercio exterior deberán facturar como mínimo 1.500 millones de pesetas - el 60% en exportaciones-, para acogerse a la exención del IVA y, un capital social no inferior a 150 millones de pesetas.

Con la nueva regulación, las trading podrán constituirse en depósitos aduaneros, de forma que quedarán exentas del IVA y del pago de aranceles y eliminarán el coste financiero que supone el pago previo de estas cantidades, en el tiempo que media hasta su devolución.Otro de los incentivos previstos para las empresas de comercio exterior consistirá en que puedan tener cuentas en pesetas convertibles, sin que, como hasta ahora, tengan que pedir autorización al Banco de España para transformarlas en divisas. Con ello se facilitará su operativa diaria, ya que se eliminan trámites. También, y en el mismo sentido, se les autoriza para tener una cuenta en divisas en el extranjero.

Los requisitos para disfrutar de estos beneficios se establecen en una cifra de facturación mínima de 1.500 millones de pesetas y que el 60% de esta cantidad se obtenga por operaciones de exportación. Con ello se pretende, según fuentes de la Secretaría de Estado de Comercio, promover la vertiente exportadora de las trading.

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