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Desprotección a los parados y marginación social

Las prestaciones al desempleo, la formación profesional y la política de contrataciones son los elementos fundamentales del mercado de trabajo. Es necesario analizar cada uno de ellos y su relación con el conjunto, así como de los fondos destinados, si se quiere elaborar una política de empleo coherente, eficaz y racional.

Como estamos en período presupuestario, voy a referirme al primer aspecto: las prestaciones al desempleo, tema olvidado por la práctica totalidad de los portavoces de la Administración a la hora de cantar los éxitos de la política económica, que cuando se trata de la cobertura a los parados, o pasan por ello como sobre ascuas o ni siquiera se dignan hacer referencia (caso del presidente del Gobierno en su última intervención televisiva).A nadie se le escapa que abordar el importantísimo tema del sistema español de protección al desempleo, así como el ámbito del mismo, exige enmarcarlo en la evolución económica española de los últimos años, que parte de una insuficiencia histórica en la política de protección social, así como de unas elevadísimas tasas de paro en relación a los países del área.

Las tasas de cobertura en España (conjunto de trabajadores parados que cobran prestaciones económicas sobre el total de los registrados en las oficinas de empleo y considerados parados) las definiría por los siguientes rasgos:

1. Estar en los niveles más bajos de la historia reciente (30%), lo que significa que más de dos millones de personas no cobran ningún tipo de prestación económica, y esto sin tener en cuenta a otros 800.000 demandantes de empleo que como consecuencia de la orden ministerial de marzo de 1985 son excluidos del paro registrado por el hecho de acudir a un curso de formación o estar en situación de incapacidad laboral transitoria.

2. Descenso del número absoluto de beneficiarios por prestaciones básicas (seguro de desempleo), en 142.493 menos en el período comprendido entre enero de 1985 y mayo de 1987, así como traslado progresivo desde la protección básica a la asistencial: en enero de 1985 la tasa de cobertura del 31,6% se obtenía a través del 21,1% de prestaciones básicas y del 10,5% de complementarias. En mayo de 1987, del 30% de los parados cubiertos sólo un 14% recibe prestaciones básicas, y el 15% complementarias o asistenciales.

Esta variación lleva consigo una reducción de la cuantía de las prestaciones, pues mientras el seguro de desempleo se calcula en función de las bases salariales de cotización, es decir, de los salarios nominales percibidos por el trabajador en el momento de quedar en situación de desempleo, la prestación complementaria o subsidio asistencial tiene una cuantía fija mucho más baja: 75% del salario mínimo interprofesional.

3. El Estado aporta cada vez menos proporción del conjunto de gastos dedicados a la protección del desempleo. En concreto, en los presupuestos generales del Inem para 1988 su aportación tan sólo aumenta nominalmente un 2,2% (un descenso real de 1,8% como mínimo), mientras el conjunto del gasto público crecerá un 10,6%. El número medio de subsidios que se prevé atender descendería para el próximo año en más de 200.000 beneficiarios, con lo que sólo cobraría algún tipo de prestación el 22%-25% de los parados.

Contratos precarios

Las causas que han llevado a esta preocupante situación, amén del aumento del paro sabido por todos, han sido estas dos:

- La generalización de la contratación precaria, con el 90% del total de contratos de carácter eventual y en un alto porcentaje de menos de seis meses de duración. Ello supone que la mayoría de los trabajadores que pierden su empleo se debe a la terminación de los contratos de duraciones tan pequeñas que impiden generar el mínimo de cotizaciones que marca la ley: seis meses para poder generar tres de prestaciones. La política de contrataciones, además de precarizar profundamente el mercado de trabajo, hecho denunciado reiteradamente por CC OO, ha generado una clara incoherencia y disfuncionalidad entre los sistemas de contratación y de protección existentes.

- El sistema de protección al desempleo español, recogido en la ley Básica de Empleo, aprobada en 1980 y su posterior modificación de 1984, ha sido pensado y diseñado con el único objetivo de reequilibrio financiero y ahorro de costes, y con una total ignorancia de los profundos cambios que estaban aconteciendo en el sistema de contratación. Tanto es así que la situación está alcanzando un carácter grotesco y desgraciadamente dramático, en la que el Estado puede estarse ahorrando parte de los ingresos por cuotas de trabajadores y empresarios al desempleo y al mismo tiempo mantiene una tasa de cobertura irrisoria.

Si el paro no disminuye de forma sustancial, cosa poco probable a corto plazo y en la que coinciden todos los expertos, y aun a pesar de programas de formación, que en ningún caso generan empleo, en los próximos cinco años seguiremos en el mejor de los casos con tres millones de parados, de los que más de dos millones no tendrán ningún medio para sobrevivir.

Solidaridad

Por ello las centrales sindicales, y en concreto CC OO, venimos reclamando desde hace tiempo modificar las leyes que rigen la protección al desempleo, y es una de las causas por lo que rechazamos, con el solo voto a favor de la Administración, los presupuestos generales del Inem en el último consejo general. El que al menos el 50% de los parados tenga algún tipo de prestación lo exige, además de nuestra responsabilidad de clase, el deber colectivo de solidaridad hacia varios millones de personas.

Cuando últimamente estamos asistiendo a discursos grandilocuentes, análisis, seminarios, etcétera, sobre la sociedad del bienestar o la sociedad del año 2000, podíamos empezar por algo tan simple y sencillo como la atención a los parados.

es secretaria de empleo de la Confederación Sindical de CC OO.

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