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TRIBUNALES

El Supremo desautoriza la construcción en un paraje natural de Almería

La Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de la Junta de Andalucía contra la empresa mercantil Cerrillos, SA, con la que mantiene un contencioso desde 1982 para evitar la urbanización y construcción en unos terrenos considerados como paraje natural y paso de aves migratorias, en la costa de Roquetas de Mar (Almería). La Administración autónoma andaluza ha manifestado su disposición a indemnizar a la empresa.

La Consejería de Obras Públicas y Urbanismo de la Junta de Andalucía apeló una sentencia desfavorable dictada por la Audiencia Territorial de Granada, que facilitaba la construcción en Cerrillos, paraje natural, rodeado de salinas y agua, y lugar de encuentro de aves migratorias. Desde hace cinco años, a la zona, situada a 25 kilómetros de Almería, acuden ecologistas de distintos grupos. La diputación provincial y el grupo ecologista Mediterráneo han venido realizando publicidad en defensa de toda la costa de Roquetas de Mar y El Ejido. Según el citado grupo ecologista, el paraje de Roquetas de Mar es de una de las pocas zonas vírgenes que aún conserva la cada vez más deteriorada costa de Almería.

En noviembre de 1982, la Comisión Provincial de Urbanismo desestimó la petición formal de la sociedad constructora Cerrillos, SA, para que el plan parcial Playa de Cerrillos, elaborado por el ayuntamiento de Roquetas de Mar en 1978, cobrara validez. Desde esa fecha, el caso Cerrillos ha impulsado un importante deterioro en las relaciones entre instituciones y el ayuntamiento de Roquetas de Mar, dado que en principio la corporación de esta ciudad turística de 25.000 habitantes (en verano 80.000 personas), era partidaria de la urbanización.

La Audiencia Territorial de Granada abrió la posibilidad a la empresa de poder construir, con lo que se desautorizó a la Comisión Provincial de Urbanismo, dependiente de la Junta de Andalucía. El Tribunal Supremo ha fallado ahora en favor de la competencia de la citada comisión provincial para que autorice o desautorice la urbanización.

Indemnización

La empresa Cerrillos, SA, no obstante, tiene derecho a recibir indemnizaciones por parte de la Administración autonómica por todos los gastos producidos desde enero de 1978, en que se aprobó definitivamente el plan parcial de Cerrillos. Este plan queda ahora anulado por la Comisión Provincial de Urbanismo y por el Plan Especial de Protección del Medio Físico, elaborado por la Junta de Andalucía, que contempla un espacio no urbanizable y a proteger preferentemente. La Administración, según fuentes de la Consejería de Obras Públicas, está dispuesta a la indemnización con tal de que el paraje tenga ese carácter de no urbanizable. Al mismo tiempo, la Agencia de Medio Ambiente (AMA), dependiente de la Administración autonómica, ha realizado todas las gestiones necesarias para declarar oficialmente durante el próximo año a Cerrillos como parque natural.

José Rivera, presidente del Grupo Ecologista Mediterráneo, expresó ayer a este periódico su satisfacción por la sentencia y afirmó que mediante ella se protege una de las pocas zonas vírgenes del Mediterráneo europeo, en la que anidan unos 3.000 flamencos. Rivera recordó que para la declaración del parque nacional de Doñana, muchos de los estudios realizados se basaron en la zona de Cerrillos, en el poniente almeriense.

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