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El subcomisario Acero estaba bajo control médico desde 1979 por una embolia cerebral

Ángel Acero, de 48 años, subcomisario de la Brigada Central de Estupefacientes, que el pasado martes mató en Madrid en un ascensor, de tres disparos, a su esposa, María Eulalia Morgado, de 45 años, estaba en observación médica desde 1979. Ese año sufrió una embolia en el cerebro, que le paralizó la parte izquierda del cuerpo y le causó trastornos en el habla y una permanente impotencia sexual, según policías y familiares. Ese defecto le hizo "superceloso" coinciden todos. Acero ingresó ayer en el penal de Logroño.

A raíz de esa embolia cerebral estuvo 17 meses apartado del servicio. El 5 de enero de 1981 un tribunal médico se reunió para determinar, a propuesta de la dirección de la Policía, si procedía o no su jubilación dado su estado, y se determinó que podía seguir en el cuerpo. El 6 de marzo de 1984, a petición nuevamente de la dirección de la policía, un tribunal médico volvió a diagnosticar que no era necesaria su jubilación.Este funcionario resultó magullado en el atentado en 1974 de la calle Correo, acción atribuida a ETA, que costó la vida a doce personas e hirió a otras 71. El agente se encontraba "muy controlado y relegado a labores burocráticas" y en medios policiales atribuían el hipótetico desequilibrio nervioso que originó el suceso a sus problemas sexuales.

No obstante, pese a que tenía sus "problemas y dificultades", según fuentes policiales, ni los médicos ni los compañeros habían advertido en él «ninguna anomalía psíquica". Sus compañeros de trabajo le definen como una persona "normal, pacífica y culta", pues dominaba varios idiomas.

Familiares de la víctima, sostienen, por el contrario, que se hallaba "absolutamente zumbado", que era muy celoso y había amenazado de muerte a María Eulalia.

El homicidio se produjo a las 14.45 del martes, cuando el matrimonio subía en un ascensor hasta el piso 14º del edificio del Palacio de la Prensa, donde viven los padres de la víctima. Mientras viajaban en ascensor, el subcomisario hizo tres disparos que alcanzaron a su mujer en la cabeza, el abdomen y el codo. María Eulalia falleció minutos después, al poco de ingresar en el Hospital Clínico. El subcomisario, que fue visto salir de otro ascensor del edificio con el arma en la mano, se entregó en la comisaría de Centro. Horas después ingresó en el penal de Logroño por orden judicial.

"Era celoso, celoso"

Familiares de la víctima, sostienen que Acero era "celoso, celoso". Esta dominante de su carácter se produjo a raíz de la embolia cerebral, que, entre otra secuelas, le dejó cojo e impotente. "No nos dejaba ni verla. Cuando ella iba a ver a sus padres, él decía que se iba a trabajar y luego la seguía para comprobar qué hacía", afirma A. F, primo de la fallecida.

Relata también que María Eulalia rechazaba comer con él y con su esposa, ante el temor de que "Ángel se enterase". Hace un año ella pensó solicitar el divorcio, dado el permanente acoso a que él la sometía.

El subcomisario, según este familiar, le amenazó. "Como me dejes, te mato". Las tensiones y tormentas de la pareja eran sobradamente conocidas. Cuando el padre de María Eulalia supo que sacaban cadáver una mujer del ascensor de su edificio no dudó en exclamar:

"Es mi hija". María Eulalia era "monilla, aunque ahora un poco gruesa", según su primo. La pareja se había casado alrededor de 1971 y un año después tuvieron un hijo.

De habérsele detectado un trastorno mental, según portavoces policiales, se le habría formado inmediatamente un tribunal médico y se le habría retirado el arma. En la dirección de la Policía se anuncia que "en breve plazo" se modificará el reglamento en lo referente a tenencia de armas, ya que en este momento los agentes están obligados a portarla en todo momento, estén o no francos de servicio, e incluso cuando están en labores burocráticas, destino que frecuentemente se da a agentes problemáticos, como era el caso. Con la reforma se intentará evitar estos incidentes.

Sin embargo, y a la espera de ese nuevo reglamento, en el borrador de decreto sobre régimen legal, escalas, categorías, uniformes, distintivos y armamento del Cuerpo Nacional de Policía, no se precisa si los agentes pueden o no portar sus armas cuando están francos de servicio. En su artículo 23 precisa: "Los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía en las situaciones de servicio activo y segunda actividad con destino, irán provistos obligatoriamente de alguna de las armas que se establezcan como reglamentarias, durante el tiempo que presten servicio, salvo que una causa aconseje lo contrario".

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