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Multado con 10.000 pesetas el joven valenciano que se paseaba desnudo por su casa

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a José Luis Trapero Buendía, de 27 años de edad, a pagar una multa de 10.000 pesetas por pasearse desnudo por su casa. El tribunal ha absuelto a Trapero del delito de escándalo público del que lo acusaba el fiscal, pero ha considerado que los hechos constituyen una falta contra el orden público.

La causa se inició a raíz de una denuncia presentada por dos vecinas del inculpado, Quiteria Pérez Toboso, de 22 años, y su hermana Isabel, de 26 años. Las denunciantes, sus padres, un hermano y el novio de una de ellas fueron los únicos testigos que prestaron declaración en la vista oral, celebrada el pasado 18 de mayo.La sentencia señala: "Una vez descartada la realización por parte del procesado de actos obscenos, a la vista de la poca claridad, falta de precisión e incluso contradicciones en las manifestaciones de los testigos, el simple hecho de aparecer desnudo delante de unas jóvenes, moralmente formadas por su edad, no puede reputarse de grave escándalo, cuando en los tiempos actuales es frecuente la contemplación de cuerpos desnudos de uno y otro sexo en medios de gran difusión, incluso en los estatales".

Sin embargo, y a pesar de esta fundamentación, el tribunal ha estimado que los hechos denunciados constituyen una falta contra el orden público. El ministerio fiscal había solicitado una condena de tres meses de arresto mayor, mientras que la defensa pedía la absolución.

No salió al balcón

Todos los testigos declararon en el juicio que José Luis Trapero no salió en momento alguno desprovisto de ropa al balcón de su casa, y que era visto desnudo por las denunciantes detrás de los cristales de las ventanas de su casa.El padre de las denunciantes, con problemas de vista, citado también como testigo, afirmó haber observado con claridad al joven. El presidente del tribunal le mostró tres bolígrafos y le preguntó cuántos había. El testigo afirmó: "Eso no se lo puedo decir yo a usted".

El procesado vive en un segundo piso y las denunciantes en un cuarto piso, pero las dos viviendas no están situadas la una frente a la otra y, además, las separa una calle de unos treinta metros de anchura, según el propio fiscal.

En este sentido, la defensa aseguró en el juicio que los testigos "debieron asomarse" para poder contemplar el interior de la casa de José Luis. Asimismo, la defensora explicó que el delito de escándalo público debe ser dotado de contenido por los ciudadanos y, en este sentido, señaló: "Ya nadie se escandaliza por un desnudo". El tribunal, en su fundamentación jurídica, recoge por completo las tesis de la defensa pero ha decidido dictar sentencia condenatoria.

La resolución judicial declara probado que el procesado, "entre, los meses de junio y julio de 1985, procedió a exhibirse completamente desnudo ante la ventana de su domicilio". Por su parte, el inculpado recordó en el juicio que en Valencia "hace calor en verano".

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