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Dos años de prisión para un policía que mató a un detenido durante un interrogatorio

CARMELO MARTÍN La Audiencia Provincial de Las Palmas, en la isla de Gran Canaria, condenó al inspector del Cuerpo Nacional de Policía Luis Pedro Sanz a dos años y cuatro meses de prisión menor por un delito de homicidio con la eximente incompleta de legítima defensa, en la persona del joven Manuel Jesús Díaz Santana, fallecido hace cuatro años en la comisaría de Teide, en dicha isla, de un tiro en la sien cuando era interrogado por el procesado.

El tribunal ha inhabilitado profesionalmente al policía durante el tiempo de duración de la pena, y éste deberá abonar a los familiares del desaparecido una indemnización de dos millones y medio de pesetas. La sentencia, que asume parte de la tesis del ministerio fiscal y de la policía, establece como eximente incompleta el hecho de que el acusado actuó en legítima defensa, si bien hubo provocación anterior.El abogado del inspector y la parte acusadora discrepan con la resolución de la Audiencia. Antonio Beltrán Sierra, representante legal del funcionario acusado, presentó ayer recurso de casación ante la sala segunda del Tribunal Supremo por entender que ha existido quebranto de forma e infracción de ley. En su opinión, su cliente es inocente y la condena ha creado malestar entre las fuerzas del orden público.

Por su parte, el letrado de la acusación particular Fernando Sagaseta, ha anunciado que presentará otro recurso porque considera que el "juicio ha sido un escándalo". Durante la vista había solicitado para Sanz Yuguero 20 años de prisión por un delito de homicidio por tortura. El médico forense no llegó a esclarecer si hubo torturas. La exhumación del cadáver, a instancias de los familiares, tampoco aportó pruebas suficientes sobre posibles malos tratos.

Ataque de ira

Manuel Jesús Díaz Santana fue detenido en 1982, junto a otro joven, Francisco García Cardoso, acusado de robo de un casete. En aquellas fechas, Díaz cumplía el servicio militar y disfrutaba de un permiso. No poseía antecedentes penales y su comportamiento en el Ejército era bueno. Al no reconocer, en presencia del abogado de oficio, su responsabilidad en el hurto que se le imputaba, Díaz fue retenido en comisaría.

Posteriormente, en la noche del 13 de octubre de 1982, solicitó, según la versión policial, una "entrevista confidencial" en la que estuvieron presentes los ins pectores Sanz Yuguero y Pedro Moreno Ortiz.

En un momento de la conver sación sufrió un ataque de ira precisa el relato oficial, y arreba tó a éste último la pistola con la que efectuó un disparo errado contra Sanz Yuguero, que se alojó en la pared. Este repelió la acción con su arma de fuego y disparó contra el detenido, que recibió un impacto de bala en el entrecejo, lo que le produjo una hemorragia cerebral.

Fernando Sagaseta rechaza esta tesis por considerar que la trayectoria del proyectil, de arriba a abajo, se contradice con la posición del policía y la víctima, ya que el sumario fija que el primero se encontraba sentado y el detenido de piel a dos o tres metros de distancia.

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