Hacienda investigará con carácter general las cuentas bancarias
La investigación de las cuentas bancarias de los contribuyentes sujetos a inspección será una práctica generalizada a partir de ahora, a tenor de lo establecido en una circular de la Dirección General de Inspección Financiera y Tributaria, del Ministerio de Economía y Hacienda. La circular, aprobada por el director general Jaime Gaiteiro hace un mes, establece los supuestos en los que los inspectores deben proceder a la investigación de las cuentas corrientes de los contribuyentes. En teoría, estos supuestos se reducen tan sólo a seis, pero en la práctica sus criterios son tan amplios que, según algunos inspectores que han conocido la circular, cabe la posibilidad de que la investigación se generalice.Actualmente la investigación de cuentas bancarias se llevaba a cabo con carácter excepcional, según lo establecido por las sentencias del Tribunal Supremo y del Constitucional en contra del secreto bancario, que tenían un caracter restrictivo- "Por el contrario", dicen los inspectores, "la circular de Hacienda es muy extensiva".
La circular de la Dirección General de Inspección Financiera y Tributaria explica también las verificaciones que se podrán hacer en las diferentes cuentas bancarias de los contribuyentes inspeccionados. A este respecto, concreta qué términos tienen que investigarse en las cuentas corrientes, de ahorro e imposiciones a plazo, y en las cuentas de crédito y préstamos.
En la misma circular, el director general Jaime Gaiteiro considera "interesante conocer las pólizas de seguros" como muestra de la capacidad de pago de la prima y la cuantía de lo asegurado, así como los rendimientos obtenidos en caso de pólizas atípicas. Ello supone un nuevo cerco al dinero negro.
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