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TRIBUNALES

La convivencia de penados con preventivos es ilegal, según el Defensor del Pueblo

Blanca Cia

El defensor del pueblo, Joaquín Ruiz-Giménez, manifestó ayer que la situación generalizada en las cárceles españolas, donde conviven presos en calidad de penados y en prisión preventiva, es una ilegalidad que se debe anular. Ruiz-Giménez, que participó en unas jornadas organizadas por la asociación Jueces para la Democracia, hizo referencia al tipo de quejas que recibe de la población reclusa y subrayó que la mayoría de ellas se basa en la protesta por la violación de los derechos fundamentales de la persona.

Uno de los preceptos amparados por la Constitución describe que la población reclusa gozará de todos los derechos fundamentales de la persona, a excepción de los vetados por la sentencia judicial. Del mismo modo, en materia penitenciaria se señala que la finalidad de las prisiones es la reinserción y la rehabilitación. "Hoy en día hay un abismo entre estas premisas y la realidad de la población reclusa", señaló Ruiz-Gimenez.El Defensor del Pueblo, en su ponencia sobre las prisiones, subrayó la ilegalidad que se produce cotidianamente al compartir celdas reclusos ya penados y los que se encuentran con carácter preventivo. Esta misma opinión fue expresada por el magistrado Jesús Fernández Entralgo, al decir que la prisión preventiva "ahora consiste en el cumplimiento previo de una pena todavía no impuesta".

La situación penitenciaria podría mejorar, de acuerdo con lo expresado por Ruiz-Giménez, si se reforma la normativa sobre la prisión preventiva. La población reclusa preventiva es, en la actualidad, de 12.000, la mitad del total de internos en los centros penitenciarios de todo el Estado. Una de las bases esenciales para acabar con el número desproporcionado de preventivos es la busca de otras alternativas que posibiliten la vida exterior del detenido. Respecto a las críticas que ésto podía suscitar por parte de una sociedad que busca la seguridad ciudadana, Ruiz-Giménez subrayó que "es un riesgo que hay que correr y del que se tiene que responsabilizar toda la ciudadanía".

Ley de extranjería

El Defensor del Pueblo ha recibido en el transcurso de un año más de 800 quejas de presos de distintas cárceles españolas. La mayor parte de ellas describe situaciones anómalas en las que no se respetan los derechos fundamentales de las personas, como quejas por malos tratos y denuncias de riesgos para la vida dentro de la prisión. En este capítulo, Ruiz-Giménez hizo especial mención de dos de los derechos de los reclusos y que en régimen carcelario van acompañados: el derecho al traba o y a la reinserción y rehabilitación social. El Defensor del Pueblo afirmó que el número de talleres y de otras labores planificadas en las prisiones era muy insuficiente, "teniendo en cuenta que el trabajo es un derecho de la persona y que, en el caso de los reclusos, es la vía más eficaz para la reinserción social".En su ponencia desarrollada sobre la ley de extranjería, Juan Alberto Belloch, magistrado de la Audiencia de Bilbao, puntualizó que está lejos de cumplir su objetivo, amparar los derechos y libertades de los extranjeros, "siendo en realidad lo que ya afirmó Barrionuevo en una ocasión: represión de la delincuencia internacional".

Belloch entiende que esta ley es inconstitucional porque no se garantizan aspectos como la tutela judicial, y apuntó dos alternativas en la práctica judicial. Una de ellas, según explicó, sería que los jueces se abstuviesen de aplicarla, y otra, que crearan un nuevo procedimiento judicial.

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Sobre la firma

Blanca Cia
Redactora de la edición de EL PAÍS de Cataluña, en la que ha desarrollado la mayor parte de su carrera profesional en diferentes secciones, entre ellas información judicial, local, cultural y política. Licenciada en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona.

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