El ataque de la contribución: un editorial 'de verano'
El pasado domingo, 3 de agosto, se publicaba en EL, PAÍS un editorial que, bajo el título El ataque de la contribución, y al hilo de la finalización el 31 de julio del período recaudatorio de la Contribución Territorial Urbana en nuestra capital, abordaba temas tan variados como el adelanto del período de cobro de dicho tributo, el incremento del tipo impositivo, la ausencia de una ley que regule la tributación local, la financiación de las Cámaras de la. Propiedad Urbana, los recargos sobre el IRPF de los ayuntamientos que los establecieron y, en particular, el de la Comunidad de Madrid, etcétera, para comenzar y terminar sentenciando genéricamente que en los ayuntamientos "se perciben claros síntomas de voracidad recaudatoria y alegre incontinencia del gasto público".Es doloroso, aunque explicable, que la medida de adelantar el período de cobro de la Contribución Territorial Urbana no fuese entendida como una forma de racionalizar la tesorería municipal y reducir así cargas financieras que se repercuten, como todos los demás gastos, a los contribuyentes. Al ser rechazado dicho adelanto por las organizaciones de consumidores, se corrigió la medida. Un gobierno, en este caso local, debe ser sensible a las críticas y corregir actuaciones no asumidas socialmente, por muy racionales que parezcan.
Lo que, más que doler, decepciona es que a todo un sector público local se le despache por el diario de mayor tirada nacional, en una columna editorial, con cuatro frases que tocan temas de vital importancia para la, construcción de un Estado democrático de una manera superficial propia de un artículo veraniego de relleno.
Dice el editorial, con razón, que la financiación de las haciendas locales es uno de los grandes temas pendientes de la organización del Estado. Uno de los ejes esenciales de esa ley aún pendiente es la simplificación del actual cuadro tributario local, enemigo donde los haya de los principios de eficiencia y equidad. En los múltiples borradores discutidos entre el Ministerio de Economía y Hacienda y la Federación Española de Municipios y Provincias, si algo ha quedado claro es el objetivo simplificador de reducir la fiscalización a dos impuestos básicos: uno sobre la propiedad inmobiliaria (la actual contribución, que absorba las tasas anexas) y otro sobre la actividad económica (que fusione la licencia fiscal, el impuesto de radicación y las tasas).
Eliminar recibos
Pues bien, el Ayuntamiento de Madrid, a la vista de que la ley se retrasaba, optó por que los madrileños dejasen de pagar por la propiedad de vivienda, que es un mismo hecho imponible en la práctica, tres tributos distintos: la contribución y las tasas de basuras y de alcantarillado. Por la sencilla razón de que es incómodo para los ciudadanos, como para la gestión pública, y sobre todo poco equitativo, por cuanto que, por un mismo hecho, se pagan tres recibos distintos, enmascarándose en la práctica lo que el Ayuntamiento exige a cada ciudadano para contribuir al sostenimiento y mejora de la ciudad.
Volver a afirmar que la Contribución Territorial Urbana ha crecido un 43%, negándose a escuchar las razones del proceso simplificador por el que se eliminaron las tasas de basuras y alcantarillado es una actitud de cerrazón incomprensible que hoy sólo sustenta la derecha conservadora exclusivamente por razones electorales. Las mismas asociaciones de consumidores que nos pidieron el aplazamiento del período de pago entendían que, en términos fiscales y matemáticos, la presión fiscal no había aumentado en un 43%, sino en un 8%, la inflación prevista para este año, como puede apreciarse en el cuadro comparativo de las cuotas medias por contribuyente madrileño, al haberse absorbido en la CTU los rendimientos previstos en la tasa de basuras.
Entrar en la casuística de si las tasas ya se habían quitado cuando, se suspendió la ley de la Comunidad, que incluía el recargo del 3%, sobre el IRPF, carece de sentido alguno. Procedería, en tal caso, discutir si el proceso simplificador debía hacerse en torno al IRPF" o a la CTU por considerar a una u otra figura mejor indicadora de la capacidad de pago o mejor distribuidora de la renta a través del gasto comunitario. Pero no es eso ni lo que se plantea en el editorial, ni parece, tal como están las cosas, un debate realista en estos momentos.
El Ayuntamiento de Madrid ha superado la situación de déficit crónicos (se cerraron los ejercicios de 1978 y 1979 con déficit que alcanzaron casi la mitad del presupuesto) sin aumentar desde 1983, en términos reales, la presión fiscal para los madrileños que pagaban ya sus impuestos.
El secreto no es otro que la mejora de la gestión tributaria (por ejemplo, la matrícula de la contribución ha pasado de 800.000 a 1.200.000 contribuyentes) y el control de los gastos por una voluntad política desde el inicio del mandato, junto con la implantación de unos medios técnicos de gestión adecuados, lo que ha traído como resultado que tampoco el gasto haya crecido desde 1983 en términos reales.
Conseguir eliminar el déficit crónico (llevamos tres ejericios consecutivos cerrando sin déficit) sin incremento de la presión fiscal para los buenos pagadores de sus impuestos y dar cada vez más servicios, como parece que opina la mayoría de los ciudadanos, controlando y ordenando el gasto, no es un mal resultado. Pedirnos que deberíamos haber quitado la tasa de basuras y de alcantarillado (que suponían entre las dos figuras la mitad de lo que se recaudaba en la contribución) sin absorber sus rendimientos en un impuesto más racional, no es pedir una buena gestión. Es pedir un milagro. Sinceramente, creo que nadie, tampoco sus editoriales nos pida eso. Exíjasenos que no gastemos alegremente el dinero público. Critíquesenos eso en los momentos de elaboración de los presupuestos o cuando aprobarnos los gastos que se consideren inoperantes o superfluos, o dígasenos que las 17.400 pesetas que de media paga anualmente un madrileño al Ayuntamiento por residir en Madrid (menos que en 1984) está desproporcionado a cómo está la ciudad, pero no se nos acuse por querer aplicar un talante racionalizador a nuestra realidad fiscal.
Lo dicho hasta ahora es, a mi juicio, el fondo del asunto. Los aspectos legales que toca el editorial sobre la constitucionalidad de la ley de Saneamiento de las Haciendas Locales, que permite la libre fijación de los tipos impositivos, es otro problema. Importante desde el punto de vista jurídicoformal, sin duda, pero es de otra naturaleza. No seré yo quien me atreva a especular sobre el fallo del Tribunal Constitucional acerca de la libertad de tipos de la contribución (hasta ahora ha fallado contra los recargos del IRPF y contra los recargos en la contribución, no contra el tipo impositivo, como erróneamente se dice en el editorial). Esperemos a esa sentencia. Entretanto, apliquemos la ley vigente. Pero no confundamos esta cuestión con la exigencia de gestionar nuestros ingresos y nuestros gastos debidamente.
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