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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

¿EI mito o el timo del seguro de cambio?

En un reciente artículo, y, como respuesta a otro anterior, José Luis Cerón, presidente de ASETA, bajo el título El mito del seguro de cambio, expone unos razonamientos en defensa del aseguramiento del cambio, por parte del Tesoro Público, del endeudamiento exterior realizado en los años anteriores por el sector de autopistas, que, en mi opinión, no proporcionan una visión global del problema.Aun admitiendo que las empresas concesionarias no llevasen a cabo tal decisión de endeudamiento externo, libremente, y que incluso, se viesen condicionadas en la elección de las divisas concretas en las que se materializase el diferencial de tipos de interés entre el endeudamiento en pesetas y el endeudamiento en la divisa que sea, es una subvención pura, concedida por la institución que asegura el tipo de cambio de dicha divisa.

Dicho de otra forma, y tal como se estudia en cualquier manual de economía, el tipo de interés y las expectativas del tipo de cambio de cualquier divisa, con respecto al resto, están relacionados, tendiendo a equilibrar sus diferenciales de tipo de interés con las expectativas de tipo de cambio, de tal modo que se equilibren las rentabilidades obtenidas en las inversiones a medio plazo en tales divisas.

Por ejemplo, en la situación actual, si me aseguran el tipo de cambio, me endeudaría, lógicamente, en monedas fuertes como el franco suizo y el marco alemán, a tipos en torno al 4%. o 5%, obteniendo una subvención equivalente al diferencial de tipos de interés con respecto a la peseta, es decir, en torno a ocho o nueve puntos.

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Argumentar, como señala José Luis Cerón, que lo que es pérdida para el Tesoro es ganancia para el Banco de España, supongo, aunque no lo dice, que en base a las posiciones activas en divisas que el banco mantiene, es no tener en cuenta que el banco recibe, en función de la divisa en que se materializan las cuentas, un tipo de interés diferente, compensándose tales diferencias en base a las expectativas de tipos de cambio.

En definitiva, el mismo razonamiento expuesto más arriba.

Por otro lado, las necesidades de endeudamiento exterior de nuestra economía, reales en el último decenio, no necesariamente justifican dicha canalización de subvenciones a ciertos sectores privados, pudiendo articularse a través de entidades estatales y paraestatales, de tal modo que se dedique el dinero público al sector que le es propio, el público, explicitando la canalización de fondos públicos al sector privado cuando por la naturaleza de la actividad se considere conveniente, y de modo que se eviten debates como éste, sobre si una subv ención lo es o no, y sus razones.

Finalmente, y en base a la naturaleza de la función que efectúan los concesionarios como apoyo a la responsabilidad del Estado en el terreno de la infraestructura del trrisporte, señala Cerón que "es absolutamente lógico que el Estado respalde esta actividad que le resuelve sus problemas de infraestructura"; ello parece traslucir la necesidad de un apoyo económico.

¿Quizá una subvención?-

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