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El Gobierno excluye del patrimonio sindical los bienes que quedaron en manos de la patronal

Los bienes patrimoniales de la antigua Organización Sindical que en su momento quedaron en manos de asociaciones o agrupaciones que mantuvieron personalidad jurídica propia tras la disolución del sindicato vertical no se consideran patrimonio sindical acumulado, según el proyecto de reglamento de la ley de cesión de estos bienes. En esta situación se encuentran únicamente asociaciones patronales -los antiguos sindicatos de empresarios- que se adaptaron a la ley de 1 de abril de 1971 sobre asociación sindical.

El proyecto de reglamento de la ley de cesión del patrimonio sindical acumulado establece que constituyen este patrimonio todos los bienes, derechos y obligaciones de la antigua Organización Sindical transferidos a la AISS y aquellos que constituían los patrimonios privativos de los antiguos sindicatos y demás entidades que tenían personalidad jurídica propia. Estos últimos bienes no fueron transferidos a la AISS en su momento.Sin embargo, el reglamento hace una importante salvedad: no se consideran patrimonio acumulado los bienes de todos los entes sindicales cuando, conforme a la disposición transitoria de la Ley 19/1977, de 1 de abril, reguladora del derecho de asociación sindical, se hubieran adaptado en tiempo y forma a la misma y hubieran mantenido su personalidad jurídica. Aunque por esta ley se legalizaron tanto los sindicatos de clase como las asociaciones empresariales, sólo estas últimas contaban entonces con bienes del antiguo sindicato vertical y siguieron en muchos casos en las mismas sedes.

Éste sería el caso, por ejemplo, de Unespa, hoy la patronal de seguros y en el vertical Sindicato Nacional de Seguros, que dispone en Madrid de un local de 318 metros cuadrados. También en Madrid, lo que era el Sindicato de la Remolacha está instalado como agrupación de remolacheros en San Bernardo, 20. En Valencia, lo que era el Sindicato Provincial de Frutos y Productos Hortícolas se quedó en la sede de la organización bajo la nueva denominación de Asociación de Remitentes de Naranjas y Asociación de Exportadores de Naranjas y Otros Cítricos.

Bienes económicos

El proyecto de reglamento no considera que estos bienes sean patrimonio. Fuentes sindicales señalaron que Trabajo había optado por no meterse en un conflicto jurídico complicado.El citado proyecto hace referencia a los bienes económicos, pero en ningún caso se especifica qué se hará con ellos. Tal vez porque lo recuperado es ridículo apenas unas decenas de millones de pesetas y algún paquete de acciones. Por el contrario, no se hace mención alguna a las cámaras agrarias, que hoy por hoy ocupan un alto número de inmuebles que en 1977 el Gobierno de UCD incluyó como patrimonio sindical. Así, el local que hoy ocupa en Madrid la Confederación de Cámaras Agrarias era de la Hermandad de Labradores y Ganaderos. La valoración que entonces se hizo era de 420 millones de pesetas.

En cuanto al patrimonio histórico -es decir, aquellos bienes expropiados durante la guerra civil-, será reintegrado a las olganizaciones sucesoras de las entonces existentes. En caso de que no pueda llevarse a cabo la devolución por haberse vendido a terceros los bienes o por otras causas, el Estado compensará pecuniariamente a valor de mercado.

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