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Empieza con demoras la renovación en las cajas

Las elecciones de nuevas asambleas y consejos de administración en las cajas de ahorro sufrirán demoras. La cuenta atrás empezó legalmente ayer, cuando sólo dos de las 77 cajas -Valencia y Asturias habían aprobado sus estatutos, además de la confederación del sector (CECA). A partir ahora, hay un plazo de cuatro meses para que tomen el poder los nuevos órganos de gobierno. Pero los retrasos registrados en la aprobación de las normas para estructurar dichos órganos y para celebrar las elecciones hacen prever que la mayoría de los cambios se dilaten hasta finales de año.

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La nueva ley, de órganos rectores de las cajas, vigente desde el pasado 110 de agosto y que prevé un mayor control de este 40% del sistema financiero por los ayuntamientos y las autonomías, fijaba el día de ayer como plazo máximo para que dichas entidades y su confederación tuvieran aprobados sus nuevos estatutos. Paradógicamente, han sido las comunidades autónomaslas causantes del retrase), que a su vez provocará demoras en los procesos electorales.En cada caja la constitución de la asamblea que deberá designar al nuevo consejo de administración, así como a la nueva comisión de control, podrá realizarse "dentro de los, cuatro meses siguientes a la aprobación de los estatutos y reglamentos". Pero ayer sólo la CECA y las cajas el ahorros de Valencia y Asturias habían informado de la aprobación de sus estatutos en las respectivas asambleas.

Por imposición de la ley que aprobó el Parlarriento hace casi un año, todas las cajas deberían haber adaptado a la misma los estatutos seis ineses; después de que su comunidad autónoma promulgara el reglamento o, "en todo caso, dentro del término de 10 meses desde la publicación de esta" (el 9 de agosto de 1985).

Problemas autonómicos

Contra la presunción de la ley, la mayoría de las comunidades autónomas todavía carece de reglamento. Formalmente lo habían aprobado ayer, aparte de la Administración central ocho de las 1.7 autonomías: Cataluña, Galicia, País Vasco, Andalucía, Asturias, Castilla-León, Madrid y Canarias., Pero, en los dos primeros casos existen importantes pleitos entre los Gobiernos central y los autonómicos, mientras que a las cajas de las tres últimas comunidades los Gobiernos autonómicos las han dejado materialmente sin tiempo para someter a sus asambleas y consejos los nuevos estatutos.

El problema de Cataluña y Galicia ha sido similar: sus mayorías políticas nacionalistas vieron en la ley estatal una injerencia de la mayoría socialista y promovieron leyes propias. Esto ha provocado una doble reacción: ambas autonomías han recurrrido al Tribunal Constitucional la ley estatal y el Gobierno central ha recurrido a la misma instancia las leyes autononómicas, que por ello están suspendidas en parte.

En el País Vasco no ha sucedido lo mismo porque sus seis cajas son de fundación pública y el PNV va a reforzar el control de los órganos de gobierno a través de los ayuntamientos. A este respecto, la ley estatal eleva la representación de las corporaciones municipales en la asamblea al 40%, al que puede acumularse otro 11 % por la entidadad fundadora. Como contrapunto, reduce la representación de los impositores al 447. y la del personal al 5%. Por el contrario, las leyes propias de Cataluña y el País Vasco disminuyen el peso de los atamientos, que en sus grandes ciudades tienen mayoría socialista. Ambas otorgan a las corporciones locales del 15% al 25%, a las entidades o personas fundadoras del 25%. al 3551,,, a los trapositores del 30% al 40%, y al personal del 5%. al 15%.

Para las autonomías donde gobiernan los socialistas, los reglamentos seguirán fielmente a la ley. Los mayores problemas se centran en cómo trasladar a los consejos los porcentajes de la asamblea, lo que suscita enfrentamientos de diverso tipo. En muchas cajas sus responsables -los presidentes que cesarán y los directores generales que perderán voto y otras formas de poder- pretenden impedir que los ayuntamientos y las autonomías amplíen en los consejos la representación que les atribuye la ley en las asambleas. En las cajas de fundación pública, que sumarán por ello un 11 % al 40%. de las corporaciones locales, abundan las discrepancias entre ayuntamientos y autonomías. En las de fundación privada, donde los impositores y empleados pueden aproximarse u ostentar la mayoría, con el respaldo de los aparatos directivos, hay oposición de las otras representaciones.

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