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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Valor y fortaleza del sistema democrático

LA DENEGACIÓN por parte del Supremo del recurso presentado por el fiscal solicitando la declaración de ilegalidad de Herri Batasuna (HB) pone fin a un litigio iniciado hace más de tres años. El Ministerio del Interior no podrá ya oponerse a la inscripción de HB en el registro de partidos políticos, que habrá de producirse en los días siguientes a la publicación de la sentencia.El Tribunal Supremo hace suyas las tesis mantenidas en su día tanto por la Audiencia Territorial de Madrid como por el juzgado de guardia, en el sentido de que la presunción de ilicitud de HB habría de deducirse, en su caso, de la documentación presentada ante el registro, y no de cualquier otro testimonio. Y como el único requisito legalmente exigible es la presentación de un acta notarial que contenga los nombres de los promotores del partido y los estatutos por los que habrán de regirse sus miembros, sólo si en esos textos se aprecian indicios de ¡licitud podría impedirse la inscripción.

El fiscal apoyaba su pretensión en lo que consideraba ambigúedades" contenidas en los estatutos de HB, sin precisar qué artículos estatutarios merecerían tal calificación, y en la "prueba documental" destinada a "acreditar manifiestamente cuál ha sido la naturaleza de la actividad de ese partido". La sentencia niega validez procesal a esa documentación, ya que "no es dable atribuir a una persona jurídica en formación" la conducta que "presuntos miembros del partido, aún no constituido, hayan podido desarrollar". No obstante, la sala hace constar que su denegación de ¡legalización de HB se realiza sin perjuicio de que si este partido no se ajusta luego a la ley en sus actuaciones pueda ser disuelto por vía legal.

Cabe preguntarse, a futuro, sobre si la consideración de la ideología independentista de Herri Batasuna y su rechazo de la Constitución deben o no impedir a dicho partido, que recoge el 15% de los votos de los ciudadanos del País Vasco, defender libremente sus ideas sin ser declarado fuera de la ley. ¿Significa ello que al día siguiente de la inscripción registral de HB el Ministerio del Interior va a solicitar la disolución por vía legal de dicho partido?

El sentido común parece desaconsejar esa vía, pero el sentido común nunca ha sido el fuerte del ministro del Interior, y mucho menos en lo que se refiere a este caso. Las resistencias de Herri Batasuna a declarar públicamente su acatamiento de la Constitución -contra cuya aprobación recomendaron votar en su día a sus seguidores- podrán merecer juicios negativos, pero no pueden avalar su proscripción. Una democracia debe dar libre ámbito a toda ideología, y sólo puede rechazar sus métodos de expresión cuando conculcan precisamente las normas democráticas o apelan a la violencia o la lucha armada. Una cosa es votar y manifestarse y otra es disparar por la espalda.

No es sólo que el afianzamiento de la estabilidad democrática en nuestro país, y en primer lugar en Euskadi, pase por que los votantes de HB se integren en las instituciones que han de reflejar la pluralidad política de la sociedad española. Es, sobre todo, la necesidad de conocer que esta democracia acoge a todos por igual, incluso a los que no la quieren y la combaten, lo que obligaba y obliga a la legalización urgente de HB. La equívoca interpretación que a veces se ha dado a la consigna de aislar a los violentos ha servido para lo contrario: no para separar a los profesionales del crimen de sectores sociales mucho más amplios, sino para dar a los primeros argumentos con los que anudar nuevos lazos con los segundos.

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