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Posible descenso del precio de los billetes de avión en la CE

Andrés Ortega

Los viajes en avión en los países de la Comunidad Europea podrían abaratarse a consecuencia de una sentencia dictada ayer en Luxemburgo por el Tribunal de Justicia de la CE. El tribunal, juzgando un caso francés y sentando jurisprudencia, consideró que la concertación para fijar los precios de los billetes entre los Gobiernos y las compañías aéreas contraviene las reglas sobre la libre competencia de la CE.

La Comisión Europea, que ayer expresó su satisfacción, ve así apoyada su tesis y esfuerzos para desregularizar el transporte aéreo en la Comunidad. En este sentido van también los esfuerzos de países como Holanda y el Reino Unido, que siempre se han topado con la posición de los más nacionalistas -en términos aéreos-, Francia, ltalia, Grecia y España. La Comisión busca en una primera etapa una desregularización de un 20% del transporte aéreo en la CE, seguido de una liberalización como en EE UU. El fallo del tribunal -que en 1974 decretó que el transporte aéreo no estaba excluido del Tratado de Roma- será sIn duda debatido por los ministros de Transportes de los doce en su reunión de junio.

El 'caso Nuevas Fronteras'

El caso -conocido bajo el nombre de Nuevas Fronteras, por la empresa de viajes que lo originó- se remonta a 1981. La empresa Nouvelles Frontières fue perseguida, junto a compañías aéreas -Air Lanka y otras empresas-, por el Gobierno francés por vender billelles de avión a precios por debajo de los autorizados por las leyes francesas. Éstas prevén -con penas de hasta 10 años de prisión- una homologación de las tarifas aéreas por parte de las autoridades públicas. El Tribunal de Policía de París remitió en 1984 el caso al tribunal comunitario, para saber si las reglas de competencia de la CE se aplican a los transportes aéreos. Air France, KLM y los Gobiernos francés e italiano plantearon objeciones a la competencia del tribunal europeo en esta materia.

El alto tribunal de la CE ha considerado contrario al Tratado de Roma la homologación obligatoria por parte del Estado francés de las tarifas aéreas si éstas "son el resultado de un acuerdo, una decisión de asociación de empresas o de una práctica concertada".

El tribunal señaló que, en ausencia de una política común de transportes aéreos en la Comunidad, les corresponde a la Comisión Europea y a las autoridades nacionales el comprobar que la fijación de las tarifas no se establezca bajo condiciones de cártel y deducir la nulidad de las concertaciones sobre tarifas. El tribunal criticó a la Comisión Europea por no haber actuado antes en este campo.

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