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El desafío de la colza

El tribunal que juzgará el caso estima que el juicio podrá empezar en noviembre

Jerónimo Barnuevo, de 68 años; Siro García, de 49, y Javier Gómez de Liaño, de 37, son los tres magistrados que integran la Sección Segunda de lo Penal de la. Audiencia Nacional. Ellos son los encargados de juzgar el. proceso más importante en la historia de la justicia española por el volumen del sumario, el número de fallecidos y afectados y la cantidad de procesados. Los tres se han planteado el juicio como un desafío a la justicia de los años noventa y pretenden que el proceso, que piensan que puede empezar en noviembre de este año, sea ejemplar y constituya la auténtica justificación de la existencia de la Audiencia Nacional.

Es un tribunal que busca el equilibrio, y para ello cuenta con la experiencia del presidente, Jerónimo Barnuevo, el magistrado más veterano de la sala de lo penal y la fuerza de los dos, magistrados más jóvenes.Los tres han señalado que no quieren quitarse el caso de encima, sino que tienen el máximo interés en el mismo, pues "va a ser el asunto más importante con el que pueda encontrarse un magistrado en su vida profesional". Para ellos el proceso constituye un reto, que aceptan de buen grado, de lo que es capaz de dar de sí la, Audiencia Nacional, "porque este proceso es el banco de pruebas de lo que va a ser la justicia española en los años venideros". "Es precisamente en este tipo de causas, con muchos procesados, que afecta a varias provincias y difícilmente abarcable por un juzgado ordinario, donde más se justifica la existencia de la Audiencia Nacional", precisan. "El poder legislativo, en la nueva ley Orgánica del Poder Judicial, ha dado una muestra más de la confianza depositada en la Audiencia, y nosotros vamos a dar respuesta a esa confianza".

Cinco meses de juicio

Los magistrados estiman que el juicio tendrá una duración de unos cuatro o cinco meses, "depende de las pruebas (testigos y peritos) que propongan las partes". Cada jornada tendrá una sesión intensiva con horario de nueve de la mañana a tres de la tarde, y un breve paréntesis a media mañana. El motivo de que se haya escogido este horario es que al final de cada sesión se pueda hacer una recopilación de lo ocurrido en la vista y que las actas puedan estar confeccionadas de un día para otro. Además, de esta forma se perjudica menos a los letrados, que tienen despachos y otras obligaciones que atender.

Respecto a la sentencia, los magistrados afirman que su elaboración, una vez concluido en juicio, se demorará al menos un mes, debido a su complejidad.

Lugar sin decidir

Todavía no se ha decidido el lugar donde se celebrará la vista, aunque el tribunal precisa que será un local amplio, con buenas condiciones de acústica, que permita que se cumpla el principio de audiencia pública, y que al mismo tiempo tenga el ambiente propio de un juicio. Los magistrados piensan que el Centro Cultural de la Villa de Madrid es un lugar óptimo desde el punto de vista funcional, tanto por su aforo como por su proximidad a la Audiencia Nacional, ya que las salas de la propia audiencia están descartadas. "En realidad", afirman, "depende de las fechas y del presupuesto. El Ministerio de justicia hasta ahora nos ha facilitado todos los medios que hemos necesitado, y parece que está en la mejor disposición de continuar así".

Entre las innovaciones jurídicas que va a aportar este proceso se encuentra la figura del doble ponente (encargado de redactar la sentencia). Los miembros del tribunal se dieron cuenta de la necesidad de que hubiera dos ponentes, y así lo acordaron, pero han pedido la aceptación de la sala de gobierno, y el Consejo General del Poder Judicial tiene conocimiento de la decisión. "Todavía no nos han contestado, aunque la sala de gobierno tal vez no lo ha hecho porque entiende que no debe intervenir en la cuestión y que basta, nuestra decisión. Creemos que el Consejo lo ve con buenos ojos".

Por otro lado, se ha nombrado un secretario específico para este: caso. "Como pretendemos que en las actas de las sesiones se haga, una reproducción exhaustiva de todo lo que acontezca en el juicio", explican los magistrados, "estamos pensando en el medio para hacerlo mediante la utilización de grabaciones magnetofónicas o a través de taquígrafos y estenógrafos.

El proceso de los aceites

Los magistrados Jerónimo Bar nuevo, Siro García y Javier Gómez de Liaño consideran que ya se ha delimitado el objeto del proceso, al menos parcialmente, porque, aunque lo haya hecho, el fiscal, todavía faltan las 36 acusaciones privadas. Esta delimitación, a su en tender, hace que el denominado sumario del síndrome tóxico pase a ser el proceso de los aceites tóxicos y de los aceites adulterados no tóxicos, puesto que de este juicio han quedado excluidos todos los otros elementos que no son Los miembros del Tribunal que juzgará el caso de la colza estiman que se han investigado todas las hipótesis formuladas sobre la causa del síndrome tóxico, y a este respecto, los magistrados recuerdan la resolución que dictaron a principios de marzo de, este año, en la que analizaban el tema de los organo fosforados, precisando que esta vía no había sido olvidada y que se habían aportado "expedientes, documentación de experimentos, informes científicos y policiales y hasta un dictamen de la Organización Mundial de la Salud, revelador de la establecida diferencia entre la sintomatología del envenenamiento por herbicidas o pesticidas y el síndrome tóxico a que se refiere el presente proceso".

El Tribunal incidía también en la investigación que sobre los organofosforados como causa del síndrome realizaba el catedrático de Sevilla Luis Frontela. Los magistrados afirmaban que la actuación del profesor de medicina legal había quedado frustrada por su propia renuncia, a pesar de la prórroga que se le había concedido.

Respecto a la posibilidad de que los afectados reciban las indemnizaciones que les correspondan, los magistrados han señalado que éstas no podrán percibir se como resultado de este juicio, ya que, aun en el caso de que los procesados fueran condenados y sus empresas declaradas responsables civiles subsidiarias, no tienen bienes suficientes para hacer frente a las indemnizaciones. Los magistrados apuntaron la existencia de otro proceso en el que se depuran las presuntas responsabilidades de altos cargos de la Administración, y en el que, en caso de condena, el Estado sería declarado responsable civil subsidiario y tendría que hacer frente a las indemnizaciones. También cabe la posibilidad de que el Estado apruebe una ley por la que se fijen indemnizaciones, pero al margen del proceso judicial.

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