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Tribuna:VIOLENCIA EN EL MEDITERRÁNEO
Tribuna
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La CE y el terrorismo / y 3

Diego López Garrido

El recrudecimiento de las actividades terroristas y la reciente serie de resoluciones del Parlamento Europeo sobre esta cuestión son los objetos de este último artículo, en el que se analiza la política de la Comunidad Europea (CE) para la represión del terrorismo.El autor señala que en los últimos tiempos se ha producido una atlantización de las posiciones de la CE

EE UU ha desarrollado una actividad febril suministrando información a la OTAN sobre actividades terroristas. La idea sobre la que trabajan los aliados occicentales es que el terrorismo se ha reorganizado en Europa desde finales de 1984 y principios de 1985, como lo prueban los atentados contra instalaciones de la OTAN, y que es expresión de una subversión europeizada, con objetivos a alto nivel y con un soporte lógico de dimensiones consistentes. Conectan a grupos terroristas con sectores de movimientos pacifistas y antinucleares. El jefe del Gobierno italiano, Bettino Craxi, admitió inmediatamente esta doctrina atlantista. Fue el primero en hacer esa denuncia, extendiéndola a los países socialistas europeos.El 2 de febrero de 1985 los primeros ministros de Francia y de la República Federal de Alemania decidían crear un Frente Unido Antiterrorista, en el que se incluiría a los países miembros de la OTAN. Unos días más tarde se anunciaba la creación en el seno de la OTAN de un comité encargado de combatir el recrudecimiento del terrorismo y vigilar la cuestión en Europa (lord Carrington). En la OTAN se empieza a abrir paso la idea de que el terrorismo es un ataque cuasimilitar a la moral occidental y que una alianza de defensiva debe extenderse a la lucha contraterrorista.

El 12 de febrero de 1985, los ministros de Asuntos Exteriores de los 10 países de la CE, reunidos en Roma, acuerdan la concertación antiterrorista de sus países y una próxima reunión de ministros del Interior de los diez (el grupo Trevi). Quiero destacar una frase de las declaraciones de Andreotti, ministro italiano de Asuntos Exteriore: "La CE", dice Andreotti, "pasa ahora a una fase constructiva de la lucha contra el terrorismo". En esta coyuntura se reúne el 14 de febrero de 1985 el Parlamento Europeo y aprueba seis resoluciones. Cuatro de ellas sobre la lucha contra el terrorismo"; otra sobre "los recientes atentados terroristas en varios Estados europeos y sobre la necesidad de crear una comunidad jurídica y judicial europea", y una sexta, también sobre "los atentados terroristas en Europa".

Tono atlantista Como podía quizá esperarse, hace su aparición en el Parlamento Europeo cierto tono atlantista. Las resoluciones culpan del terrorismo a potencias extranjeras, destacan como más peligrosos los atentados contra instalaciones de la OTAN y contra personas y círculos próximos a esa organización y hacen hincapié en los medios de defensa de las democracias occidentales, no sólo europeas. Todas las resoluciones insisten en que el ataque terrorista está organizado Internacionalmente, lo que permite propugnar una vez más el desarrollo de lo que yo llamaría los tres círculos de represión. En primer lugar, el espacio judicial, cuya urgencia se vuelve a reiterar. En segundo, el espacio policial, que es el más. adelantado y el que funciona realmente ya a cierto nivel, sobre todo entre Francia y la RFA. Por último, y esto es una importante novedad a destacar, el que se empieza a denominar espacio jurídico europeo. Lo más significativo es que ese pretencioso espacio jurídico, nada menos, se consideraría logrado con la creación de un sistema común de lucha antiterrorista en Europa. ¿Será el derecho antiterrorista la punta de lanza de la unificación jurídica europea, en tándem con el derecho de los intercambios europeos?

El Parlamento Europeo, o la mayoría del mismo, apuesta por esa orientación cuando en la primera, y sin duda más importante, de las resoluciones del 14 de febrero de 1985 encarga a su comisión jurídica de los derechos de los ciudadanos realizar en el más breve plazo un informe "sobre el conjunto de los problemas jurídicos planteados a la lucha contra el terrorismo y la defensa de las libertades individuales y de hacer proposiciones para definir los principios de un derecho comunitario en la materia". Lo que se deduce de este apartado de la resolución, que sigue a otro sobre las normas de extradición, es que un aspecto prácticamente no contemplado en derecho comunitario, como es el de los derechos fundamentales, va a ser desarrollado de la mano de la represión del terrorismo. Es interesante observar la terminología que emplea el Parlamento Europeo. En las cuatro ocasiones en que las resoluciones de 14 de febrero hacen referencia a ello se habla siempre de defensa de las libertades y derecho individuales". Es muy clara la diferencia con los términos utilizados por la Asamblea del Consejo de Europa en la recomendación número 982 de 1984. Aquí se emplea la expresión derechos del hombre, de connotaciones universales y progresistas; libertades individuales es una expresión de connotaciones más occidentales y conservadoras. En suma, las resoluciones de 14 de febrero de 1985 del Parlamento Europeo, con un enguaje distinto, expresan, junto a la profundización de la orientación de la última década, un hecho político de cierta novedad. La CE ha tomado enérgicanente ya la batuta de la llamada represión antiterrorista. Se consolida así la tendencia a crear un núcleo duro de Estados frente a ese fenómeno de los años de la crisis. La crisis de Libia debe inscribirse ahí.

Diego López Garrido es letrado de las Cortes Generales.

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