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LA SENTENCIA SOBRE EL PODER JUDICIAL

Once meses para la resolución de los tres casos

Casi 11 meses ha tardado en resolver el Tribunal Constitucional el primer conflicto entre órganos constitucionales del Estado planteado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) contra el Congreso de los Diputados el 30 de mayo de 1985, al que posteriormente se acumularon otros dos conflictos similares, uno contra el Senado y otro contra el Congreso. Los tres conflictos coincidieron con los tres momentos claves de la sucesiva tramitación en ambas Cámaras de la ley orgánica del Poder Judicial (LOPJ), contra la que el Grupo Popular formuló un recurso de inconstitucionalidad, pendiente de resolución por el alto tribunal.El 26 de junio de 1985, Federico Carlos Sainz de Robles, comisionado por el CGPJ, que entonces presidía, pidió que se suspendieran los efectos del proyectc de LOPJ aprobado por el Congreso, en lo que se refería a la elección parlamentaria de los 12 vocales del Consejo de origen judicial y a la atribución al Gobierno de la potestad disciplinaria sobre el estatuto jurídico judicial.

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El alto tribunal desestimó esta pretensión el 4 de julio siguiente y el 27 del mismo mes rechazó igualmente el recurso de súplica presentado por Sainz de Robles contra este acuerdo. Paralelamente, tanto el Congreso de los Diputados como el Gobierno alegaron durante el mes de julio de 1985 ante el Tribunal Constitucional en contra del conflicto.

El 16 de agosto siguiente, Sainz de Robles, en nombre del CGPJ, planteó un segundo conflicto de atribuciones, en esta ocasión contra el Senado, en donde el 13 de junio anterior se había aprobado el proyecto de LOPJ remitido desde el Congreso, con algunas modificaciones. A causa de estas modificaciones, el proyecto de ley regresó al Congreso, en donde fue definitivamente aprobado por el pleno de la Cámara el 20 de junio. Con este motivo, el 23 de agosto de 1985, Sainz de Robles planteó el tercer conflicto sobre el mismo tema, que era el segundo contra el Congreso. En septiembre, el Senado presentó sus alegaciones, en igual sentido que el Congreso y el Gobierno: contra el conflicto.

Acumulación

Una fecha clave en la tramitación de los tres conflictos fue el 10 de octubre de 1985, cuando el abogado del Estado, en nombre del Gobierno, solicitó la acumulación de los tres conflictos, pocos días antes de que terminara el mandato del CGPJ que planteó los conflictos. Tras la opinión favorable del Congreso y el Senado, el Tribunal Constitucional acordó el 5 de diciembre de 1985 la acumulación de los tres conflictos.

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A la nueva posibilidad de formular alegaciones ofrecida por el alto tribunal, el nuevo CGPJ -12 de cuyos 20 vocales fueron elegidos por el sistema parlamentario impugnado- no respondió, aunque tampoco desistió de los conflictos planteados por sus antecesores. El último tramo de la tramitación de los conflictos acumulados se produjo ya en 1986, y la deliberación y votación de la sentencia los días 10 y 17 de abril útimos. El trabajo del nuevo ponente, Miguel Rodríguez-Piñero, se benefició de la tarea adelantada por el anterior, Jerónimo Arozamena.

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