Los pensionistas con otros ingresos deben declararlos antes del 1 de marzo
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social informó ayer que, para calcular las anunciadas revalorizaciones de forma exacta y definitiva, los pensionistas que perciban una pensión distinta a la de dicho sistema, así como quienes cobren la pensión mínima y tengan otros ingresos o rentas de trabajo, deberán declarar estas situaciones antes del 1 de marzo.La misma obligación afectará a los que tienen cónyuge a su cargo, en caso de que se les haya reconocido el complemento correspondiente a esta situación.
Hasta ahora, las revalorizaciones han sido provisionales. A quienes cumplan el requisito de la declaración se les abonarán las diferencias con efectos desde el 1 de enero pasado. Si se les ha pagado de más, no tendrán que devolverlo. Podrán declarar personalmente o por correo.
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