Declarados nulos los despidos de nueve trabajadores de Hoteles Meliá
El titular de la Magistratura de Trabajo número 1 de Granada, Antonio López Delgado, ha declarado nulos, sin posibilidad de sustitución indemnizatoria, los despidos de nueve trabajadores de Hoteles Meliá de Sierra Nevada, al considerar que la causa verdadera de la decisión de la empresa fue que los operarios participaron, como miembros del comité de huelga, en un paro laboral entre los días 1 al 9 de abril de 1985.
Según la sentencia los trabajadores ejercieron un derecho constitucional, por lo que deberán volver a sus puestos de trabajo con abono de los salarios dejados de percibir.Con la huelga, los trabajadores reivindicaban su cualidad de empleados fijos. Los despidos se efectuaron el 4 de noviembre, al comienzo de la temporada invernal turística.
La causa alegada por la empresa fue de tipo económico, pero según la sentencia este procedimiento es válido sólo cuando se usen los expedientes de regulación de empleo.
En los hechos probados el dictamen del magistrado afirma que el despido ha obedecido "a la circunstancia de haber formado parte los denunciantes del comité de huelga".
Hasta ahora, la readmisión radical -sin indemnización sustitutoria- sólo afectaba a los representantes sindicales de los trabajadores en la situación de sentencia favorable en casos de despidos nulos y, a su instancia, en supuestos de despido improcedente.
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