Los maestros que opositen en Cataluña no deben examinarse de catalán, según el Supremo
Los maestros de enseñanza general básica (EGB) que ejercen en Cataluña con plaza provisional no tendrán que sufrir un examen de Lengua y Cultura Catalana para optar a plaza definitiva, como determina una sentencia del Tribunal Supremo.La sentencia admite en parte el recurso presentado por 43 maestros castellanohablantes contra una orden del Departamento de Enseñanza de la Generalitat que regulaba el concurso de traslados del profesorado de EGB. Este fallo anula el artículo 30 de la citada orden por vulnerar el derecho a la igualdad amparado en el artículo 14 de la Constitución. El tribunal declara constitucional, sin embargo, otro artículo de la misma orden, según el cual los maestros procedentes del resto de España se comprometerán a aprender catalán en el plazo de cuatro cursos, como requisito para obtener plaza en Cataluña. La Generalitat puede resistirse al fallo del Supremo mediante un recurso de amparo al Tribunal Constitucional.
El pasado 23 de julio, la Audiencia de Barcelona estimó que la Generalitat estaba facultada para establecer normas sobre el conocimiento del catalán en los maestros de EGB, argumentando que "los niños catalanes tienen derecho a conocer los dos idiomas oficiales" de Cataluña.
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