Los préstamos del Fondo
Las diferencias entre el informe provisional del Tribunal de Cuentas y la opinión del Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) se limitan, según fuentes de este último, a distintas interpretaciones de las normas jurídicas y sobre qué derecho debía suplir las deficiencias legislativas con las que se encontró la actuación práctica del fondo. No hay temas graves, señalaron, y está muy claro donde y cómo está todo el dinero que el fondo ha utilizado para el saneamiento de las instituciones en crisis.Al margen de estas diferencias se mantiene otra acerca de si el fondo puede conceder préstamos o no a las instituciones en crisis. Para los redactores del informe provisional, el FGD puede asumir pérdidas producidas por esos bancos, créditos o activos fallidos, pero no puede conceder préstamos. Esta potestad correspondería al Banco de España. En opinión del FGD, los préstamos del Banco de España son para atender problemas de liquidez, los del fondo han tenido lugar cuando el banco tenía problemas de solvencia. Este tipo de créditos alcanzó la cifra de 160.000 millones de pesetas.
La memoria correspondiente a 1984 del FGD recoge recomendaciones, de tipo puramente contables, que los auditores del Tribunal de Cuentas hicieron a lo largo de su trabajo y que no suponen cambios importantes en las cifras del balance, sino una distinta presentación en la contabilidad.
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