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Delitos monetarios y privación de libertad

Las suspensiones, "caso por caso", según Rafael Mendizábal

"Si los órganos jurisdiccionales competentes deciden suspender los procesos pendientes por delitos monetarios, creo que tendrían que hacerlo caso por caso", declaró a este periódico Rafael Mendizábal, presidente de la Audiencia Nacional. Mendizábal desmintió los rumores sobre una supuesta reunión de la sala de gobierno de la Audiencia Nacional para acordar la suspensión de las causas pendientes, a raíz del auto del Tribunal Constitucional que suspendió una sentencia de la propia Audiencia Nacional.

Mendizábal explicó que la suspensión de los procesos no es competencia de la sala de gobierno de la Audiencia Nacional, sino que corresponde a los diferentes órganos jurisdiccionales. El presidente de la Audiencia Nacional afirmó que no sabía si existía un criterio común entre los distintos jueces y tribunales que entienden de delitos monetarios.

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De cualquier forma, para Rafael Mendizábal, de decidirse las suspensiones, deberían de adoptarse "caso por caso", entre otras cosas por la complejidad de los sumarios y la mezcla de fechas de comisión de los delitos. Asimismo, señaló que lo lógico es que tales acuerdos no se produzcan de oficio, sino a instancia de los interesados.

En relación con el precedente de estas posibles suspensiones, Mendizábal matizó que, con ocasión de la cuestión de inconstitucionalidad sobre la ley 40/1979, planteada al Tribunal Constitucional en mayo de 1983, "más que una suspensión, lo que se produjo fue una ralentización de los procesos en marcha".

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