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El Senado no encuentra vía legal de ejecución de la sentencia sobre el procesamiento de Carlos Barral

La Mesa y la Junta de Portavoces del Senado no encontraron, en su reunión de ayer, una vía legal de ejecución para el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Constitucional que anuló la decisión de la Cámara de denegar el suplicatorio para el procesamiento del senador socialista Carlos Barral. El portavoz socialista, Juan José Laborda, apunta como solución que el Senado se plantee la elaboración de una proposición de ley orgánica que precise el contenido de la inmunidad parlamentaria. José María García Royo, del Grupo Popular, opina que la sentencia "tiene contenidos contradictorios y surrealistas".

El presidente de la Cámara, José Federico de Carvajal, declaró al término de la reunión de la Mesa del Senado: "Nuestro deseo es cumplir la sentencia, pero tal y como está se presenta de cumplimiento imposible". La Mesa encargó a los servicios de la Cámara un "profundo" dictamen jurídico que determine las vías de ejecución de la sentencia. Este dictamen deberá estar listo a mediados del próximo mes de septiembre, momento hasta el cual el Senado aplaza cualquier decisión. La reunión posterior de la Junta de Portavoces ratificó este acuerdo por unanimidad y planteó diferentes hipótesis sobre el contenido de la inmunidad parlamentaria.El presidente del Senado, quien no quiso comentar si el alto tribunal puede anular con carácter retroactivo una decisión de la Cámara, declaró: "Nuestro deseo es cumplir la sentencia, pero tal y como se nos presenta, este cumplimiento es imposible", Ello deriva de una contradicción, ajuicio de Carvajal, entre el contenido de la sentencia y el reglamento del Senado. Según este reglamento, la concesión o denegación de suplicatorios se efectúa en reunión secreta del Pleno, También puede ser denegado un suplicatorio por silencio parlamentario, si transcurren dos meses desde la petición sin que la Cámara tome una decisión.

En ambos casos, la decisión del Senado no está motivada (no se especifican los argumentos por los que se adopta una u otra resolución). Sin embargo, la sentencia del Tribunal Constitucional precisa que se debe motivar la concesión o no de un suplicatorio.

De producirse una. nueva votación sobre el suplicatorio del senador Barral como forma de resolver la contradicción, el Pleno del Senado habría de motivar su acuerdo, lo que la Mesa encuentra "muy difícil", según el presidente de la Cámara alta. "Nos encontramos en una especie de callejón sin salida", agregó.

Reforma del reglamento

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En este sentido, Carvajal se preguntó de qué forma se puede motivar el pensamiento último de cada senador al votar, recordando que, de acuerdo con la Constitución, los parlamentarios no están sometidos a mandato imperativo y su voto no puede ser condicionado, ni siquiera en virtud de una sentencia.

Como posible vía para ejecutar la sentencia del alto tribunal y resolver esta contradicción, José Federico de Carvajal apuntó la posibilidad de reformar el citado reglamento.

En lo que hace referencia a la concesión de suplicatorios, el citado reglamento se inspira en el artículo 71 de la Constitución, que establece que los diputados y .senadores gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones y no podrán ser inculpados ni procesados sin autorización de la Cámara respectiva. El texto constitucional no precisa que la Cámara deba motivar esta autorización. "Pensamos que donde la Constitución no distingue, nosotros tampoco lo debemos hacer", declaró Carvajal.

El portavoz socialista en la Cámara alta, Juan José Laborda, consideró un error la decisión del Pleno del Senado, en noviembre de 1983, de denegar la autorización para el procesamiento de Barral. La denegación del suplicatorio, a favor de la que votaron varios grupos parlamentarios, fue posible al romper 40 senadores socialistas la disciplina de voto en la votación secreta.

"Ello ha originado", afirmó Laborda, "que la doctrina de una institución parlamentaria, como es la inmunidad, la establezca ahora un órgano diferente del propio Parlamento. En sus últimas consecuencias, la sentencia anula la inmunidad parlamentaria".

El portavoz socialista consideró que la solución al problema, al que ve "muy pocas salidas", pasa por una reflexión de la propia Cámara sobre el contenido y alcances de la inmunidad.

La decisión final podría ser, según apuntó, la elaboración por el Senado de una proposición de ley orgánica -al estar incluida la inmunidad en el título primero de la Constitución relativo a los derechos fundamentales- que definiese el contenido y alcance de la inmunidad. Laborda declaró que el Grupo Socialista en el Senado tratará la cuestión con los diputados del PSOE.

Por su parte, el portavoz adjunto del Grupo Popular, José María García Royo, afirmó que la sentencia "tiene contenidos contradictorios y surrealistas", y agregó: "Para mí, respetuosamente, es una injerencia del Tribunal Constitucional". García Royo, declaró a los informadores que para el Grupo Popular "el trámite ante la Cámara está terminado".

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