La compensación por la formación de futbolistas y su derecho a la imagen se regularán en un convenio Colectivo
El Consejo de Ministros aprobó ayer el real decreto del Ministerio de Trabajo por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales, en los que se incluyen a los futbolistas. Su aprobación mereció, en principio, comentarios satisfactorios por parte del presidente de la Liga Profesional, Antonio Baró, mientras la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) se mostró indignada y su junta directiva, según la agencia Efe, estuvo dispuesta a encerrarse en su sede como protesta. La ordenanza laboral remite en los puntos más conflictivos a la regulación de un convenio colectivo entre los futbolistas y los clubes.
Horas después de que el Consejo de Ministros aprobase este real decreto, la asamblea de la Liga Profesional, todavía sin conocimiento de su contenido, aprobó, a su vez, las nuevas normas de contratación de jugadores que unilateralmente estableció en su día. Estas nuevas normas difieren sustancialmente del contenido del real decreto, cuyo rango jurídico es superior a aquéllas, que, por tanto se reducirán a papel mojado.La Liga Profesional estableció hace más de un mes unos porcentajes de indemnizaciones -rebajadas en un 30% en la asamblea que los clubes celebraron ayer- por formación y promoción de jugadores, que sólo afectarían a sus afiliados. Estas decisiones la tomó después de que la Magistratura de Trabajo de Madrid, en primera instancia, y el Tribunal Central de Trabajo, después, sentenciaran el pasado mes de marzo la supresión del derecho de retención de los futbolistas.
El sindicato de los jugadores por el contrario, pretendió preferentemente la abolición total de cualquier tipo de compensaciones económicas y, accedió, en todo caso, en segunda instancia, a que se regulasen por convenio colectivo, pero nunca por imposición unilateral.
Posiciones enfrentadas
El Ministerio de Trabajo, después de estudiar las alegaciones presentadas sobre este asunto por parte de los clubes y los jugadores, representados por la Liga Profesional y la Asociación de Futbolistas Españoles, respectivamente, elaboró el proyecto de real decreto de relación laboral especial de los deportistas profesionales que fue aprobado ayer en Consejo de Ministros. Las discrepancias existentes entre la Liga Profesional y la AFE sobre las compensaciones económicas por formación y promoción de aquellos jugadores que acaban sus contratos son resueltas en el real decreto con su negociación en convenio colectivo.Este nuevo real decreto deroga el anterior en vigor sobre este asunto, el 316/81, de 5 de febrero, "cuya experiencia de aplicación", según la Oficina del Portavoz del Gobierno, "mostró la necesidad de proceder a su sustitución por una nueva norma que actualice determinados aspectos de la anterior regulación y, con carácter general, proporcione una nueva orientación a la regulación de esta relación laboral, a través de la concesión de un mayor relieve a la autonomía de la negociación con los sujetos de esta relación, en forma similar a como se produce el desarrollo de las relaciones laborales con carácter general".
La misma oficina del Portavoz del Gobierno concluye su nota oficial sobre este decreto al señalar: "Creemos de interés indicar que el 25 de junio la AFE promovió ante la Liga Profesional la negociación de un convenio colectivo".
Es muy dificil que antes del 30 de este mes, fecha en que finalizan los contratos de casi un centenar de jugadores, la AFE y la LigaProfesional negocien un convenio colectivo en el que se pueda prever la posible compensación económica por formación y promoción de los futbolistas.
Si no existe ese convenio colectivo, los jugadores que finalicen sus contratos el 30 de junio pueden fichar libremente, al día siguiente, por el club que deseen si existe acuerdo entre ambas partes.
Las reglas de la UEFA
Un portavoz oficial del Ministerio de Trabajo explicó, por otro lado: "Las reglas, no normas, de la UEFA sobre compensaciones económicas por fichajes por clubes españoles de jugadores extranjeros sólo se aplican en caso de reciprocidad: cuando un club extranjero fiche a un futbolista español".Esta regla se establece para evitar situaciones de agravio comparativo de los clubes españoles respecto a los extranjeros.
"Las reglas de la UEFA, una entidad deportiva y privada, afectan a sus afiliados, a las diferentes federaciones que pertenecen a dicho organismo. Esas reglas deportivas son de rango inferior a las normas laborales de cada país, en este caso, de España". De esta forma rectificó la declaración que el presidente del Barcelona, Josep Lluís Núñez, realizó a la agencia Efe sobre este asunto, al señalar que "con esto, lo que se viene a indicar es que se reconoce el derecho de retención, como en todos los países del mundo".
Las indemnizaciones por formación y promoción de los futbolistas al acabar sus contratos, por tanto, se prevén en el nuevo decreto condicionadas o pactadas en negociación colectiva entre la Liga Profesional y la AFE. Mientras esas indemnizaciones no se acuerden, no se podrán poner en práctica. Si no existiese acuerdo alguno en la negociación del convenio colectivo, se entenderá que no hay derecho a las indemnizaciones.
El derecho a la imagen de los futbolistas, otro de los puntos conflictivos entre la Liga Profesional y la AFE, se regulará, asimismo, por convenio colectivo, aunque se aceptan pactos individuales entre club y jugador.
La Liga Profesional, hace ya algunos días, al tener conocimiento de la posibilidad de que el nuevo real decreto que regulará la relación laboral de los deportistas no incluiría las compensaciones por preparación o formación, adelantó que recurriría contra el mismo. Algunos de los miembros del Comité Ejecutivo de la Liga Profesional, por otro lado, insinuaron entonces la posibilidad de adoptar medidas de presión. "Nos obligan a ir a la huelga de patrones", señaló uno de ellos.
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