_
_
_
_
_
TRIBUNALES

Recurso ante el Supremo por error judicial sobre las pruebas de un homicidio

La Sala Segunda del Tribunal Supremo dejó ayer visto para sentencia el recurso de casación contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Zamora que condenó a Justo Morales Vicente, de 68 años, a 12 años de cárcel como autor de la muerte de Julia Martín López, de 74 años. La abogada Soledad García Serrano alegó error de hecho en la valoración de la prueba, y lo fundamentó, entre otras cosas, en que la sentencia adelantó en dos horas la muerte de la víctima respecto a la fijada por los forenses. El fiscal y la acusación particular pidieron que se confirmara la sentencia.

La Audiencia Provincial de Zamora mantiene en su sentencia que Justo Morales golpeó y degolló a su convecina Julia Martín entre las 20.30 y las 21 horas del día 30 de enero de 1984 y que, a continuación, "con objeto de enmascarar los hechos y eludir sospechas", revolvió los cajones y se llevó una pequeña caja de caudales que más tarde arrojó al carro de la basura y que fue recuperada después en el vertedero municipal.Por su parte, la defensa de Justo Morales insistió en la falta de pruebas y en que la sentencia recurrida sólo tuvo en cuenta las declaraciones del condenado. La abogada destaco que la primera declaración fue realizada ante el comandante de la Guardia Civil, tras convencer éste al hijo del acusado para que, a su vez, convenciera a su padre de. que se declarara culpable, porque en la caja de caudales se habían encontrado sus huellas.

La abogada recordó que en la caja de caudales no se halló huella alguna; que los informes forenses establecen la hora de la muerte hacia las 23.30 horas, en coincidencia con los testigos que vieron luz en la casa de la víctima hasta media hora antes y que confirmaron la presencia de Justo Morales en su domicilio a partir de las 20.30 horas; que la víctima llegó a su casa hacia las 20 horas y que en sus manos se encontraron cabellos que no eran suyos ni del condenado, y que otra serie de pruebas no fueron analizadas suficientemente, por lo que pidió nulidad de las actuaciones.

Por la acusación particular, el abogado Carlos García Cabrero, en un alegato muy breve, restó importancia a estas pruebas ante la declaración autoinculpatoria del condenado. En línea similar se pronunció el Ministerio Fiscal.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_