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El Consejo de Universidades aprueba por unanimidad su reglamento

MadridEl Consejo de Universidades, máximo órgano colegiado de gobierno de las universidades establecido en la ley de Reforma Universitaria (LRU), aprobó ayer por unanimidad su reglamento, que ahora deberá ser refrendado por el Consejo de Ministros.

El Consejo de Universidades, es definido en su reglamento, conforme a lo establecido en la LRU, como "el órgano al que corresponden las funciones de ordenación, coordinación, planificación, propuesta y asesoramiento, en materia de educación superior".

Componen el Consejo de Universidades los responsables de la enseñanza universitaria en los consejos de gobierno de las comunidades autónomas, que hayan asumido competencias en materia de enseñanza superior; los rectores de las universidades públicas, y quince miembros nombrados entre personas de reconocido prestigio o especialistas en los diversos ámbitos de la enseñanza universitaria y de la investigación, designados por el Congreso, el Senado y el Gobierno.

El máximo órgano colegiado de las universidades funcionará en pleno y en comisiones: una "de coordinación y planificación", que estará integrada por los responsables de la enseñanza universitaria en los consejos de gobierno de las comunidades autónomas, y otra "académica", que estará compuesta por los rectores de las universidades públicas.

La dificultad que entrañaba delimitar las competencias de ambas comisiones constituyó el principal escollo para la aprobación del reglamento. El problema se ha resuelto mediante un sistema de informes cruzados, que obliga a cada una de las dos comisiones a oir a la otra en determinadas circunstancias.

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