Los salarios más bajos en la Administracion son superiores a los percibidos en puestos equivalentes del sector privado
Las retribuciones a los funcionarios dentro de la Administración pública española han constituido tradicionalmente uno de los capítulos más controvertidos. De la escasez endémica de los sueldos públicos a los que se han referido con insistencia casi todos los clásicos de la literatura española desde finales del pasado siglo, hasta el actual laberinto de conceptos que integran la nómina de cualquier trabajador que perciba su salario por cuenta del Tesoro público, median diferencias cualitativas importantes. Hoy se puede afirmar que, como norma general, los niveles más bajos de la escala funcionarial están mejor pagados que los sus homólogos en el sector privado, mientras que, por el contrario, los funcionarios que ocupan los puestos de mayor responsabilidad cobran menos -si realmente se dedican sólo a su trabajo de la Administración- que sus equivalentes en las empresas privadas.
Esta situación ha dado lugar a una fuerte polémica en torno a los complementos de productividad, como fórmula para, incrementar, las percepciones de los funcionarios que desempeñen cargos de responsabilidad o se encuentren en departamentos a los que se les fijen "programas de actuación" concretos, considerados de interés preferente, e incluidos en los Presupuestos Generales del Estado de cada año. Absolutamente todas las representaciones de los funcionarios, y la mayor parte de las instancias políticas, incluidos algunos sectores del propio PSOE, se manifestaron en contra de este complemento retributivo cuando fue presentado el proyecto de ley sobre la Reforma de la Función Pública en el Congreso de los Diputados. La causa ha sido el temor a que se primaran favores o ascensos amistosos a través de esta vía.Desde las posiciones conservadoras se ha argumentado que este complemento introducía el principio de politización en la función pública. Los sindicatos intersectoriales y algunos círculos socialistas han estimado que esta retribución complementaria, por su discrecionalidad, podría dar lugar a situaciones injustas, y además presentaba el riesgo de que se perpetuase. En la Administración española parece ser norma general, según dijeron todas las fuentes consultadas, que cada vez que se ha aumentado el salario por alguna tarea excepcional, después, concluida esa tarea, ha sido imposible rebajarlo.
Quienes defienden el complemento de productividad han argumentado que el incentivo económico es la formula más adecuada para aumentar el rendimiento laboral, y la única manera, por otro lado, de reconocer a quien más trabaja en detrimento de quien demuestra una especial habilidad para el escaqueo laboral.
La postura del Gobierno y del PSOE ha experimentado vaivenes sobre la inclusión o no de este complemento. En un primer momento figuró en el proyecto de ley; posteriormente, y ante las protestas generalizadas de los sindicatos, que afirmaron "la imposibilidad de controlar el trabajo en la Administración pública", sin más, argumentos, fue retirado en el Senado. No obstante, esta retirada inicial fue corregida a última hora de la tarde del pasado martes, cuando el propio grupo socialista de la Cámara alta, en la comisión en que se debatía esta ley, volvió a retomar la redacción inicial aprobada en el Congreso y consagró, en contra de la opinión de todos los grupos parlamentarios restantes, el complemento de productividad como uno de los conceptos retributivos de los funcionarios.
A este cambio de última hora no parece haber sido ajeno el Ministerio de Hacienda, cuyo titular, Miguel Boyer, parece haberlo sugerido en los últimos consejos de ministros. En cualquier caso, los sindicatos, y especialmente la Unión General de Trabajadores, en su condición de interlocutor privilegiado con el Gobierno, han logrado fijar ciertos mecanismos de control: la ley establece que los sindicatos han de ser "oídos" antes de destinar el complemento de productividad para los funcionarios, que el nombre de los agraciados sea público y que su vigencia esté limitada, es decir, que la partida económica destinada a los complementos de productividad figure cada año en los Presupuestos Generales del Estado que han de aprobar las Cortes.
También parece que ha pesado en la recuperación en la ley de este complemento la presión que han podido realizar algunos altos cuerpos de funcionarios, especialmente el de los Técnicos de Administración Civil del Estado -los conocidos tacs- que conseguirán de esta forma mejorar sus condiciones retributivas. Este cuerpo es reputado como el triunfador, según el viejo esquema corporativo, con la llegada de los socialistas al Gobierno. La oposición al PSOE ha llegado a hablar incluso de "la mafia de los tacs", y no olvidan recordar que un alte cargo y un diputado socialistas pertenecen a este cuerpo.
Las innovaciones
Una de las novedades más importantes que introduce el proyecto de ley sobre la Reforma de la Función Pública es la limitación en las diferencias salariales entre los distintos escalones de la Administración. La nueva ley establece que las diferencias entre las retribuciones básicas mas bajas y las más altas no podrán superar la escala de 1 a 3.
Esto quiere decir que los funcionarios mejor pagados por los conceptos básicos, no percibirán una cantidad superior en tres veces a las de los pertenecientes a las escalas más bajas de la Administración. A la vez se pretende que los conceptos básicos del nivel retributivo más bajo se equiparen al salario mínimo interprofesional, posibilidad esta última que parece haber sido aceptada ya por el mínistro de la Presidencia, Javier Moscoso.
Los salarios de los funcionarios están compuestos por dos conceptos retributivos: los básicos y los complementarios. En los primeros se integran el sueldo, los trienios y las pagas extarordinarias. El segundo capítulo lo componen el complemento de destino, el complemento específico y el complemento de productividad.
La idea que parece subyacer dentro de la nueva configuración retributiva de los funcionarios es la de terminar con la escala de cuerpos como principio básico, para pasar a unas estimaciones en función de los puestos de trabajo concretos. Se pretende así hacer un cierto hincapié en las determinación del puesto de trabajo, y considerar después las peculiaridades que presentan, para establecer, mediante el mecanismo de los complementos, las correspondientes retribuciones.
Temor al amiguismo
En contra de este esquema se manifiestan los representantes de los sindicatos profesionales, que, una vez más, esgrimen como argumento principal para descalificación el principio de discrecionafidad en las retribuciones, que a su vez, y siempre según estas opiniones, dará lugar a la politización y el amiguismo dentro de la función pública, elementos todos ellos absolutamente peleados con el diseño estatutario que establece la Constitución.
Los restantes sindicatos optan por aprobar, con distintos grados de énfasis, el principio descorporatívizador que introduce el proyecto de ley. De esta forma, mientras las críticas de UGT son bastante concretas y se circunscríben al complemento de productividad, los responsables de CC OO manifiestan sus prevenciones en la indiciación de las escalas retributivas en los conceptos básicos al salario mínimo interprofesional, y al hecho de que el abanico retributivo se limite a una escala de uno a tres.
Para Alberto Torres, secretario de la Federación de la Administración Pública de CC OO, este disefío evidencia el que las retribuciones totales de los funcionarios, sobre todo a partir de las escalas medias, no descansarán sobre los conceptos básicos.
En la actualidad los funcionaríos integrados en los altos cuerpos vienen a percibir el 40% de sus salarios a partir de los conceptos básicos, mientras que el 60% restante corresponde a las retribuciones complementarias. Esta proporción se invierte en los escalones inferiores de la Administración, donde las retribuciones finales de cada mes suelen estar constituidas en su 60% por las básicas, mientras que el 40% lo constituyen los complementos.
La redacción actual tiende a perpetuar e incluso a acentuar estos desequilibrios, según Alberto Torre. Los conceptos objetivos que integran el salario de los funcionarios quedan en inferioridad frente a los subjetivos.
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