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Los regalos que bancos y cajas de ahorro ofrecen a sus clientes serán sometidos a una retención fiscal del 18%

Los regalos y otros tipos de pago en especie que practican bancos y cajas de ahorro para fomentar la captación de depósitos sufrirán en breve retenciones del 18% de su valor, según fuentes oficiales. Se trata de un primer paso para controlar todas las rentas que escapan al fisco mediante dichas prácticas, muy extendida en países con sistemas fiscales desarrollados, donde las empresas compran a sus empleados o ejecutivos viviendas, coches o se hacen cargo del colegio de sus hijos. En España, estos procedimientos apenas se han extendido por motivos fiscales. Pero han adquirido gran auge en las entidades financieras, algunas de las cuales se han convertido en verdaderos bazares.

Numerosas cajas de ahorro y algunos bancos ofrecen hoy a la clientela una gran variedad de artículos de consumo: coches, libros, electrodomésticos, juguetes, vídeos, vajillas, bicicletas, motos, etcétera. En distintos casos, el ahorrador dispuesto a hacer un depósito superior por lo general a las 100.000 pesetas tiene acceso a amplios catálogos. En otros, los artículos aparecen en los escaparates, o la entidad se ofrece a regalar lo que pida el cliente. El principal aliciente de estas prácticas, que han gozado de la vista gorda e incluso la autorización oficial, es que el ahorrador no tiene que sufrir retenciones en los intereses y puede no declararlos a Hacienda.Legalmente, toda remuneración en especie debe tributar en el impuesto sobre la renta. Sin embargo, no existe posibilidad alguna de control, ni sobre las declaraciones que presentan los contribuyentes ni sobre las entregas que hacen los bancos.

En la mayoría de los casos, las entidades financieras que hacen regalos no los contabilizan como coste por la captación de depósitos; los llevan directamente a la cuenta de gastos generales, como publicidad y propaganda. Estos conceptos ascendieron el año pasado a 13.700 millones de pesetas en las cajas y 8.400 millones en la banca, según el Banco de España. Pese a que, al menos implícitamente, el banco emisor ha consentido este procedimiento, en las últimas semanas ha hecho constar a las cajas de ahorro que un criterio riguroso debe llevar a contabilizarlos como mayor coste de los depósitos.

Retenciones

Anticipándose a ello, el Ministerio de Economía y Hacienda ha introducido en el proyecto de ley sobre el régimen fiscal de determinados activos financieros, aprobado la pasada semana por el Gobierno y que será enviado próximamente a las Cortes, un artículo que implanta retenciones del 18% sobre el precio de coste para la entidad pagadora de los bienes entregados."Los bancos, cajas de ahorro y demás entidades financieras que retribuyan el capital mobiliario mediante cualquier tipo de retribuciones en especie", dice el artículo, "vendrán obligados a ingresar a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas o del impuesto sobre sociedades del perceptor el 18% de dichos rendimientos".

Los autores del proyecto estudiaron dos alternativas excluyentes: valorar la retribución en especie al precio de coste para el prestatario de los bienes entregados, o al precio de mercado para el consumidor final. Al final ha sido elegida la primera opción, más favorable para los intermediarios financieros y sus clientes, sobre todo si se tiene en cuenta que determinados bancos y cajas de ahorro han dado salida con estos usos a productos fabricados por empresas filiales o clientes que les ofrecen precios más bajos. La escalada de los regalos ha provocado desde hace dos años la oposición de los fabricantes de electrodomésticos y juguetes, que se han quejado de competencia desleal y han declarado el boicoteo de bancos y cajas de ahorro.

El Consejo de Gremios de Comercio de Barcelona ha solicitado inspecciones de los bancos y cajas de ahorro que ofrecen regalos, por carecer de las necesarias licencias fiscales.

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