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Sainz de Robles reclama para la magistratura el control sobre la Escuela Judicial

Entre las demandas de autogobierno de la justicia realizadas por el Consejo General del Poder Judicial -cuyo presidente, Federico Carlos Sainz de Robles, comparece hoy ante el Parlamento- destaca la petición de pleno control sobre el Centro de Estudios Judiciales, clave para la formación de los futuros administradores de justicia. El Gobierno, que en principio había dejado para una próxima ley la regulación de esta materia, ha introducido en el texto definitivo del anteproyecto de ley orgánica del Poder Judicial (LOPJ) que el Centro de Estudios Judiciales dependerá del Ministerio de Justicia.La legislación vigente atribuye al Consejo General el nombramiento del director de la Escuela Judicial. El texto inicial del anteproyecto de la LOPJ se limitó a sustituir esta denominación por la de Centro de Estudios Judiciales y a establecer que una futura ley regularía su constitución, competencia, organización y funciones. Esta previsión mereció el calificativo de "inadmisible" para el Consejo General en su informe sobre el anteproyecto. Propuso la regulación del Centro de Estudios Judiciales en la LOPJ y, en concreto, su caracterización como organismo dependiente del Consejo General del Poder Judicial, ( ... ) condición indispensable para que éste pueda realizar su política de selección de personal".

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El Gobierno asegura su participación en la selección y formación de los futuros jueces

La respuesta gubernamental ha sido introducir en la futura LOPJ los rasgos característicos del Centro de Estudios Judiciales, pero configurándolo, a diferencia de lo propuesto por el Consejo General, como "una entidad de Derecho público con personalidad jurídica dependiente del Ministerio de Justicia". Como función se le atribuye "la colaboración con el Consejo General del Poder Judicial y el Ministerio de Justicia en la selección, formación y perfeccionamiento de los miembros de las carreras judicial y fiscal, del secretariado y demás personal al servicio de la Administración de Justicia".

La organización del centro y el sistema de designación del personal directivo queda para su posterior regulación reglamentaria, que corresponderá al Gobierno según el texto del anteproyecto. La atribución al Ejecutivo de la potestad reglamentaria externa -esto es, el desarrollo de la ley orgánica, excepto en las cuestiones de personal, organización y funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial- es otro de los puntos conflictivos de la futura ley.

El Consejo General reivindica la potestad reglamentaria para la gobernación del poder judicial y considera que "la injerencia reglamentaria de un poder distinto en el ámbito sometido al gobierno autónomo de otro es incompatible con la autonomía e independencia de éste". El Gobierno no ha cedido en este punto y se ha atribuido el ejercicio de la potestad reglamentaria que le reconoce el artículo 79 de la Constitución.

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