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Hacienda volverá a aplicar a partir de 1985 retenciones de renta sobre los ingresos por pensiones y seguro de paro

El Ministerio de Economía y Hacienda, cuyo titular es Miguel Boyer, está adoptando las últimas decisiones sobre los proyectos de ley de tributación de nuevos activos financieros y de infracciones y sanciones, para que sean luego aprobados por el Gobierno en las próximas semanas. Un equipo de colaboradores se reunió de viernes a domingo pasados en el Parador Nacional de Salamanca con el fin de elaborar la estrategia normativa del risco. Fuentes de Hacienda han confirmado que las emisiones de pagarés del Tesoro, cuyo saldo superará esta semana por primera vez los 3,5 billones de pesetas, se mantendrán sin retención, que se aplicará en breve a los pagarés privados y otros títulos a corto plazo hasta ahora exentos. Tras estos y otros proyectos, Hacienda actualizará la ley del impuesto sobre la renta, por la que volverán a pagar y sufrir retención desde 1985 parados y pensionistas.

Las dos grandes opciones existentes sobre la tributación de nuevos activos financieros, así como las alternativas a algunos aspectos de la ley de infracciones y sanciones, que limitará el secreto bancario y reforzará el delito fiscal, serán solventadas por Miguel Boyer. De la elección de una u otra, sobre la que han polarizado las opiniones técnicas de la Administración y del Banco de España, surgirá la decisión final sobre una posible mini-amnistía fiscal, de la cual no es partidario el ministro, según fuentes del departamento.Los proyectos estudiados desde el año pasado sobre una amnistía fiscal pretendían blanquear el dinero negro mediante emisiones de deuda pública a bajos tipos de interés con el objetivo de que afloraran rentas o aumentos de patrimonio no declarados otros años. En este punto derivan algunos flecos de los dos proyectos de ley (tributación de determinados activos financieros e infracciones y sanciones) que influyeron en el cese del anterior secretario de Estado de Hacienda, José Víctor Sevilla. Y ello porque, según las fuentes consultadas, el grado de las medidas de control sobre todas las rentas del capital serán también consecuencia de los tipos de las retenciones sobre nuevos activos y de las limitaciones que se impongan al secreto bancario.

Las dos opciones

A este respecto, persisten para el primer proyecto dos opciones para más de un billón de pesetas que, junto a los pagarés del Tesoro, se ha refugiado en los últimos años en títulos al portador cuyos suscriptores han gozado de las ventajas derivadas de un triple aliciente: no contaban para el cálculo del coeficiente de caja de las entidades financieras, van a dejar de contar para el coeficiente de inversión y van a ser controlados por el fisco.Una alternativa consiste en aplicar a los nuevos activos o instrumentos existentes o que surjan para captar dinero (pagarés de empresas, cédulas hipotecarias, etcétera) retenciones bajas (no superiores al 18% de los intereses) y controles rigurosos, consistentes en que los intermediarios financieros faciliten todas las informaciones que deberán facilitar bancos y cajas por los intereses satisfechos a los depósitos.

La otra opción, similar a la seguida en Francia y que excluiría cualquier amnistía fiscal, aplicaría retenciones altas (como mínimo, similares al tipo del 35% del impuesto de sociedades) y no llevaría luego control alguno.

La banca ha expresado claramente ante Hacienda su preferencia por esta segunda alternativa. Además de apoyar la continuidad de exención para los pagarés del Tesoro, los bancos han manifestado que se puede blanquear el llamado dinero negro sin recurrir a la amnistía y evitando el peligro de que vuelvan al calcetín o a las cajas fuertes los recursos refugiados en los nuevos activos por su opacidad fiscal y los alicientes de remuneraciones mayores. Para ello, ha aconsejado que se siga alguno de los modelos franceses. Hacienda ha estudiado dos casos: la retención del 50% de los intereses de bonos anónimos cuyos titulares luego no podrían ser investigados ni alegar su tenencia para eludir responsabilidades fiscales, aunque el fisco puede investigar las fuentes de la renta con la que han sido suscritos; y bonos nominativos en los que se paga de una sola vez un 45%. y el titular queda exento de incluir en su declaración de renta los intereses.

Al margen de que caben variaciones sobre cualquiera de estas dos opciones para los nuevos activos, se da por seguro que los bancos y cajas quedarán obligados definitivamente a pasar a Hacienda las listas de perceptores de intereses por depósitos, a lo que hasta ahora se han negado. También se declarará su obligación de colaborar con la inspección, un segundo aspecto polémico en los últimos años y sobre el que podrá pronunciarse en breve el Tribunal Constitucional.

Otra de las principales modificaciones del proyecto será considerar al producto de inversiones en nuevos activos rentas del capital. Hasta ahora, los intereses que proporcionan se consideraban plusvalías o incrementos de patrimonio, debido a que la característica común de todos estos títulos es que se emiten por el procedimiento del tirón o descuento: llevan un valor nominal, que recuperará generalmente el portador antes de un año, y en el momento de la suscripción hay que pagar dicho importe menos el tipo de interés, es decir, que el suscriptor recibe la remuneración por anticipado.

Una vez aprobados estos proyectos, Hacienda ultimará otros, entre los cuales (IVA, patrimonio, impuestos especiales, etcétera) destaca la mejora de la ley del impuesto sobre la renta, consistente en potenciar las ayudas a la familia y corregir las dudas provocadas por recientes sentencias. Una de sus consecuencias será que los parados y todo tipo de pensionistas volverán a pagar y a sufrir retención, pues Hacienda mantiene que es un impuesto para todas las rentas, al margen de lo que deba de pagar cada una.

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