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Los cooperativistas de trabajo asociado podrán percibir desempleo

Los cooperativistas de trabajo asociado tendrán derecho a las prestaciones por desempleo, una vez que se apruebe la ley de Protección al Desempleo, actualmente en debate en el Parlamento, y cuya culminación está prevista para los meses de junio o julio, según manifestaron ayer el director general de Empleo, Carlos Navarro, y el de Cooperativas, Sebastián Reyna, en un encuentro mantenido con representantes de CC OO de UGT y de las principales federaciones de cooperativas del país.

Hasta el momento, los cooperativistas de trabajo asociado -alrededor de 118.000- se veían privados de su inclusión en la prestación de desempleo, por lo que la Administración, según fuentes del Ministerio de Trabajo, ha creído conveniente poner fin a esta circunstancia mediante su equiparación a los trabajadores del régimen general de la Seguridad Social.De acuerdo con los datos adelantados por el director general de Empleo, serán dos los modos de acceder a estas prestaciones. El primero se producirá cuando el trabajador cooperativista sea cesado en, su función de tal, de manera análoga a la del despido improcedente. Y la segunda forma de acceder al desempleo se pondrá en marcha si la empresa en cooperativa se ve forzada a presentar expediente de regulación de empleo, por razones de fuerza mayor.

El decreto regulador de esta normativa desarrollará el artículo 3 de la ley de Protección al Desempleo.

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