Magistratura reconoce el salario a un preso que trabajó como jefe de cocina en la cárcel
La Magistratura de Trabajo número 3 de Palma de Mallorca ha fallado a favor de P. M. G., que estuvo recluído en la cárcel de la capital balear durante siete años, sobre un recurso presentado para que se le reconozcan sus haberes como jefe de cocina de la institución, por lo que la Administración del Estado deberá pagarle 106.968 pesetas, en concepto de salario mínimo, más el 30% de cualificación profesional.Esta sentencia viene a establecer un precedente sobre el posible derecho de los reclusos que ejerzan trabajos en las condiciones señaladas dentro de las instituciones penitenciarias a tener Seguridad Social y a percibir el seguro de desempleo.
La sentencia establece como hechos probados que P. M. G es cocinero, y "que desde el 1 de junio del año 1976 ha venido realizando las funciones de jefe de cocina del expresado centro penitenciario, teniendo a cargo la elaboración de las tres comidas diarias, desayuno, comida y cena, ayudado por otros seis reclusos".
Asimismo reconoce que desempeñó la función de jefe de cocina, cumpliendo jornada laboral completa, desde la fecha mencionada hasta el 27 de noviembre de 1982, razón por la que la Magistratura ha decidido aplicar el artículo 3º, párrafo c, del Estatuto de los Trabajadores, que explica las relaciones laborales de carácter especial.
La cantidad que deberá percibir P. M. G. se circunscribe al último año de trabajo como jefe de cocina (1982), ya que han prescrito las anualidades anteriores a esta fecha. El abogado defensor apoyó su demanda en el propio reglamento de instrucciones penitenciarias, que señala que "los sectores laborales de servicios, mantenimiento o conservación de los establecimientos dependerán, a todos los efectos, de la Administración Penitenciaria y serán consideradas como prestaciones personales obligatorias o en régimen de trabajo productivo cuando la actividad laboral sea continua, con dedicación exclusiva o a tiempo parcial, cuando el trabajo a realizar así lo requiera".
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