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Elecciones autonómicas de Cataluña del 29 de abrilEl orden público durante cuatro años de gestión del Gobierno Pujol

El incremento de la delincuencia tuvo como telón de fondo la crisis permanente en la Junta de Seguridad

M. C.

Aunque el Gobierno tiene competencia casi exclusiva en materia. de orden público, la Generalitat ha mostrado una preocupante inhibición en aquellos temas en que el Estatut ofrece un margen de actuación. Al menos en el campo específico del Departamento de Gobernación, ya que la política hacia los menores del Departamento de Justicia, que también incide en el problema, ha sido diseñada con gran seriedad.Es cierto que el artículo 149 de la Constitución establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del Estado, sin perjuicio de la posible creación de policías autonómicas. Sin embargo, el 148 de la Carta Magna señala que "la vigilancia y protección de edificios e instalaciones", así como "la coordinación y demás facultades en relación con las policías locales en los términos que establezca una ley orgánica" podrá ser asumida por la Generalitat.

Igualmente, el artículo 13 del Estatut establece que la Generalitat podrá crear una policía autonómica para tres funciones específicas: protección de personas y bienes y el mantenimiento del orden público, vigilancia y protección de edificios e instalaciones de la Generalitat y otras funciones previstas en ley orgánica.

Los artículos del Estatut han sido desarrollados en dos leyes del Parlament: una, del 14 de julio por la que se crea la policía autonómica de la Generalitat y otra, de reciente aprobación, en relación con la coordinación de las policías locales. Esta última ley señala que esta coordinación pasa por establecer las normas básicas de estructura y organización interna a las cuales debe de ajustarse esta policía, por promover la homogeneización de sus medios técnicos por la concreción de las condiciones básicas de acceso y de formación de las policías locales, por el establecimiento de los criterios que harán posible un sistema de información recíproca, por la asesoría necesaria de las entidades locales, por la canalización de colaboraciones específicas y por el fomento de servicios de policía intermunicipal o comarcal en determinadas zonas o circunstancias.

Recelos entre gobiernos

Ante esta doble competencia en materia de seguridad ciudadana es por lo que el artículo 13.6 del Estatut creó la Junta de Seguridad, en la que hay igual número de representantes de la Administración Civil del Estado y de la Generalitat. Sin embargo, la junta nació con serios problemas, ya que el nombramiento de la parte catalana -etapa Vidal Gaiolà- se hizo por compromisos políticos más que por adecuación técnica. La inoperancia del organismo en los dos primeros años fue total. El año pasado esta situación varió, con el horizonte de la ley de creación de la policía autonómica, a partir del cuerpo de los Mossos d'Esquadra. Sin embargo, la figura de Miquel Sellarés, entonces flamante director general de Seguridad, creó pronto serios recelos. Sellarés se mostró contrario a que los jefes de los mossos vinieran de las Fuerzas Armadas, diseñó una especialización de policías que puso los pelos de punta a la Administración central y rechazó que la Junta de Seguridad interviniera en la selección de aspirantes a mossos. Por su parte, el gobernador Cardenal hizo un marcaje de Sellarés que le llevó a investigar su actuación durante la quema de una bandera española, el 11 de septiembre último.

Desaparecida del escenario político la figura de Sellarés, tras su cese, la relación entre instituciones no ha mejorado sustancialmente. El último capítulo de esta guerra subterránea fue el cierre de comercios, bendecido por el presidente de la Cámara de Comercio, y que lideró el convergente Trías Fragas. La poca habilidad del gobernador advirtiendo que debían garantizarse los servicios mínimos y la presión del ayuntamiento sobre las paradas municipales que dieran el cerrojazo acabó de diseñar el cuadro de los despropósitos.

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