En defensa del juez Calderón
La Sección Territorial de Baleares de la Asociación Profesional de Magistrados, ante las recientes noticias aparecidas en su perióclico sobre la actuación profesional del magistrado-juez don Jesús María Calderón González, titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Palma de Mallorca, se ve en el deber de precisar:1. Que el mencionado juez, con ocasión de proceder a las primeras diligencias de una investigación sumaríal tras el incendio de un apartamento en el edificio Torremar, de esta ciudad, donde se halló el cadáver de una mujer, se vio sorprendido por la presencia previa en dicho lugar de periodistas que, con permiso de quien no tenía autorización para ello, y cuya responsabilidad deberá ser tamizada en su momento, habían realizado un reportaje fotográfico, suspendiendo entonces el juez la divulgación y difusión de las fotografias y prohibiendo la entrada en el local de las cámaras de Televisión Balear.
2. Que tal medida fue adoptada, no de forma arbitraria, sino como una diligencia sumarial mediante la correspondiente resolución, y siempre dentro de las facultades -que no privilegios- que al instructor atribuyen las leyes orgánicas y procesales para la más correcta investigacion de los hechos. Tan es así, que posteriores investigaciones parecen apuntar a la confirmación de las primeras sospechas del juez que motivaron el absoluto secreto sumarial.
3. Es incierto que se haya abierto expediente al juez Calderón por su actuación en este caso. El presidente de esta audiencia territorial se interesó, obviamente, por la repercusión pública del suceso, interés que en ningún caso interfiere en la libre e independiente actuación del juez en su labor de instrucción sumarial. También es inexacto que dicho juez haya solicitado traslado por esta causa, pues tal traslado fue interesado siete días antes de que se produjera el incidente.
Que esta sección quiere precisar, por último, que el indiscutible derecho de y a la información, como cualquier otro derecho, en su ejercicio por ciudadanos e instituciones, es decir, en su formulación subjetiva, no es absoluto, sino que, al entrar en colisión (frecuente) con otro u otros derechos tan dignos de protección como aquél, debe ser moderado y adecuado para evitar su ejercicio abusivo.
Jesús María Calderón, con absoluto respeto a la normativa procesal vigente, cual se ha visto, tan sólo realizó esa adecuación, y tal no puede justificar, en ningún caso, el poner públicamente en entredicho su honra, crédito y buen hacer profesional. / Presidente de la Sección Territorial de Baleares de la Asociación Profesional de Magistrados.
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