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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

El acceso a la Universidad

CASI 14 años después de la promulgación de las medidas que autorizan el acceso universitario a las personas mayores de 25 años sin la titulación requerida para el ingreso ordinario, faltan todavía datos concluyentes que permitan conocer a ciencia cierta los resultados producidos por esa fórmula, que precisa de una inevitable revisión una vez que se desarrollen los reglamentos de la ley de Reforma Universitaria y los centros de enseñanza superior aprueben sus estatutos y administren su autonomía.A la incógnita que siempre ha representado la cifra cabalística adoptada en su momento (¿por qué 25 años y no otra edad anterior o posterior?), se suman las preguntas en tomo a los frutos obtenidos con esa reforma, incorporada en su día al sistema educativo ordinario del país con carácter excepcional. La medida, en efecto, fue aplicada de modo experimental por una orden ministerial de 15 de septiembre de 1970 y quedó posteriormente regulada con carácter de mayor firmeza mediante una nueva orden de 26 de mayo de 197 1, en la que se señalaba su no pretensión de perennidad. El legislador anticipaba que "en función de las circunstancias cambiantes de nuestra sociedad, se establecerán, llegado el caso, las innovaciones que se juzguen necesarias".

El seguimiento de esa experiencia ha corrido exclusivamente a cargo de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), única institución pública que organiza periódicamente un curso para la preparación de las pruebas de acceso para los mayores de 25 años. Dicho sea de paso, la fórmula que permite el acceso a la Universidad sin la titulación exigible por la vía ordinaria se ha convertido en uno de los principales señuelos de las innumerables academias privadas existentes en el país, que forman un curioso sistema educativo paralelo, casi siempre sumergido, y que se hallan al margen de cualquier control.

¿Tiene sentido mantener indefinidamente una medida extraordinaria de ingreso en la enseñanza superior que nació con voluntad experimental? ¿Se han modificado las circunstancias sociales, en particular la ampliación de la escolarización, que la motivaron? ¿Ha producido el acceso a la Universidad de las personas mayores de 25 años sin titulación de enseñanza media beneficios sociales?. Los datos reunidos por la UNED permiten dar una contestación sólo parcial y provisional a esas preguntas y a esas dudas, en espera de que investigaciones más amplias y seguimientos más completos suministren la información necesaria para respuestas concluyentes. Los resultados del estudio realizado por la UNED hace un año revelan, por ejemplo, que los alumnos que ingresan en la Universidad mediante esta fórmula abandonan los estudios en menor proporción que los que acceden por otras vías. Esa investigación también demuestra que los alumnos mayores de 25 años necesitan para concluir la carrera un tiempo ligeramente inferior al que emplean los universitarios que ingresaron por el sistema ordinario.

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Tras el impresionante crecimiento de la población universitaria en las dos décadas pasadas, factor de la grave crisis de las instituciones de enseñanza superior, incapaces de responder al acelerado aumento de la demanda educativa, tanto por falta de recursos presupuestarios como por el malthusianismo corporativo del profesorado numerario, resulta urgente plantearse, con toda crudeza y rigor, el problema de esa plétora estudiantil. La estricta selectividad en el ingreso y los requisitos exigibles para la permanencia en los claustros en función de los rendimientos hieren la sensibilidad de los alumnos, pero pueden resultar imprescindibles para evitar el colapso de la vida universitaria. Aunque el crecimiento demográfico se ha estabilizado prácticamente en estos años, y aunque el desempleo juvenil pueda justificar ese embalsamiento de las nuevas cohortes en la Universidad, también es cierto que nuestro alumnado de enseñanza superior es porcentualmente superior al de muchos otros países europeos y que una elevación sustancial de la calidad de la docencia y de la investigación resulta incompatible con el desbordamiento de la demanda educativa. Forzoso es recordar que las matrículas de los estudiantes universitarios sólo pagan una reducida parte del coste de su plaza, sufragada por los impuestos de todos los ciudadanos. No parece, en consecuencia, irrazonable la posibilidad de exigir a los aspirantes a titulación universitaria, como contrapartida en favor de la sociedad, condiciones mínimas para el ingreso y rendimientos mínimos para la permanencia en los centros de enseñanza superior.

La autonomía que la LRU permite a las universidades puede servir, entre otras cosas, para afrontar este delicado y polémico problema, que concierne a los jóvenes que proceden de la enseñanza media, y para plantear sobre nuevas bases, en función de la experiencia de los últimos años, el ingreso de las personas mayores de 25 años que carezcan de titulación ordinaria.

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