Liquidación de empresas aseguradoras
Los problemas sociales y humanos que originan las liquidaciones deben resolverse con imaginación y solidaridad. En cualquier caso, es deseable que la ley de seguros pendiente de discusión en el Congreso de los Diputados sea pronto una realidad, porque la misma puede ser una de las piezas clave en la reestructuración técnica y financiera de la institución aseguradora.El incremento del número de liquidaciones de empresas de seguros que últimamente está ordenando el Ministerio de Economía y Hacienda, aparente y superficialmente pudiera justificarse por la crisis económica de carácter general que a todos afecta, o por un mayor rigor de la Administración actual en las exigencias de solvencia a este tipo de entidades. Ambas circunstancias, en algunos casos lógicamente coadyuvantes de estos fenómenos liquidatorios, no son, por sí solas, ni las únicas ni las principales causas que los están originando.
En cuanto al primer aspecto, si bien es cierto que el seguro, como cualquier otro sector, no puede sustraerse a las consecuencias de la crisis generalizada que atravesamos, la realidad demuestra que no es el más afectado por ella, al menos en aquellas empresas que estaban preparadas para afrontarla, merced a su capacidad financiera, buena organización y auténtico profesionalismo, dato este último muy importante, pues el seguro, que tanto precisa de buenos profesionales, suele ser campo abonado para el deambular de aficionados. Aumentos no despreciables de producción y bastantes resultados positivos en los dos últimos años prueban que el desequilibrio de ciertas empresas de seguros no es debido en términos absolutos a las circunstancias coyunturales de crisis.
Corregir situaciones anormales
Por lo que se refiere a la actitud de la Administración en torno a este proceso, la reacción de la misma en la presente etapa está fundamentada en una política realista de claridad y firmeza que ha afrontado el reto de sacar a la luz pública y corregir situaciones anormales de empresas con dificultades insubsanables, en algunos casos concretos incluso cantadas desde hace tiempo, y que en el propio mercado de seguros se conocían sobradamente, aunque sólo fuera a través de simples rumores.
Aún más; no ha sido infrecuente que alguna de estas situaciones crónicas estuviesen ya detectadas por la Inspección Oficial de Seguros, que, dicho sea de paso, en ocasiones pretéritas se ha visto obligada a disentir, hasta corporativamente, de criterios posiblemente políticos que rehuían adoptar una actuación pública de medidas rigurosas, ante el temor, a mi juicio infundado, de que las mismas podrían afectar al prestigio de la institución aseguradora, cuando por el contrario, en otros sectores, como por ejemplo el bancario, la aplicación del bisturí en casos excepcionales de irregularidad lo que ha hecho precisamente es contribuir a reforzar el sistema.
¿Cuáles son, entonces, las causas de estas liquidaciones acumuladas que se están llevan do a cabo en el momento presente? Entre otras, y en primer lugar, una estructura atomizada y minifundista en el mercado de seguros, favorecida por la vigente legislación, que permite, por ejemplo, ser asegurador simplemente con 12.500.000 pesetas de capital desembolsado e incluso trabajar con, cifras inferiores en los llamados ramos menores; en segundo lugar, la insuficiencia de las actuales garantías precautorias, cuya laguna justo es reconocer que ha sido paliada, aunque sólo en parte, por la exigencia de unos márgenes mínimos de solvencia establecidos por los de cretos de 2 de marzo de 1978 y 15 de octubre de 1982; en tercer lugar, la aparición en el mercado, en ciertos casos y al amparo de las citadas facilidades legislativas, de algunos aficionados a empresarios (seudoaseguradores), y, en fin, ¿por qué no decirlo?, también a veces ha influido en este proceso un exceso de confianza y apoyo por parte del reaseguro en sus colaboraciones técnico-comerciales con esta clase de empresas.
La gestión empresarial aseguradora ha constituido en ocasiones una aventura sin demasiados riesgos, cuando paradójicamente estamos ante una institución cuyo objetivo fundamental es cubrirlos; y ello sin que el ordenamiento legal del seguro contemple todavía normas rigurosas para- exigir responsabilidades personales específicas a administradores y directivos aseguradores (compatibles, aunque diferentes, con las de carácter penal o civil), como existen en otras legislaciones foráneas, y que, afortunadamente, están previstas en el proyecto de ley de seguros, actualmente pendiente de aprobación en el Congreso de los Diputados.
Detener la bola de nieve
Por las razones anteriores se comprenderá que, aun sin haberse producido la crisis actual, las caídas de algunas entidades aseguradoras, como las ha calificado algún diario, antes o después se hubieran producido indefectiblemente, porque alguna vez era preciso detener la bola de nieve.
Esto es, justamente, lo que está haciendo ahora la Administración, mediante la reestructuración y potenciación de los servicios y funciones inspectoras de la Dirección General de Seguros, respetando al máximo, como es obligado¡ el principio de séguridad jurídica a favor de las empresas liquidables o sometidas a un régimen especial de vigilancia cautelar, que en todo caso disponen de un amplio margen de audiencia a su favor, en los respectivos expedientes administrativo de disolución o aplicación de medidas cautelares, a través de trámites acaso excesivos o al menos demasiado lentos para resolver con eficacia y prontitud este tipo de situaciones anormales.
Cuesiión distinta es, reconocer que, lamentablemente, las liquidaciones justificadas por una insoslayable política de saneamiento del mercado, ejecutada, principalmente en defensa de los consumidores-aseguradores, plantean dolorosos problemas sociales y humanos (posibles impagos de siniestros, pérdida de puestos de trabajo, perturbaciones en el campo operativo de los agentes de seguros, etcétera), que solamente en el seguro obligatorio de automóviles resultan aminorados al asumir el Consorcio de Compensación de Seguros, por imperativo legal, las obligaciones contraídas por las entidades liquidadas.
En este punto va a ser necesario un gran esfuerzo imaginativo y solidario de todos los estamentos afectados por el problema, incluidas, por supuesto, las empresas aseguradoras, que no pueden permanecer insensibles ante un estado de cosas que, se quiera o no, afecta al prestigio de la tercera institución financiera del país.
Todo lo expuesto lleva a la conclusión de mantener la esperanza en que el proyecto de ley de seguros, próximo a debatirse en el Congreso de los Diputados, llegue a buen puerto, suministrando a la Administración y al mercado asegurador instrumentos más eficaces que los actuales, para evitar situaciones como las descritas o para corregirlas a tiempo cuando comiencen a aflorar.
Esto no quiere decir que los problemas del seguro español, algunos crónicos, se tengan que solucionar exclusivamente por la vía legislativa o utilizando por sistema instrumentos estatales intervencionistas incompatibles con una economía de mercado.
Pero lo que sí es cierto es que en la reestructuración técnica y financiera del sector asegurador habrá de tener gran influencia, si es aprobada por las Cortes, la futura ley de seguros, pues como ha dicho recientemente el ministro de Economía y Hacienda, se trata de una pieza clave para el equilibrio del sistema financiero y del seguro español.
es director del Gabinete de Estudios y Relaciones Internacionales de la Dirección General de Seguros y presidente de la Asociación Profesional de Inspectores de Seguros del Ministerio de Economía y Hacienda.
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