Hacienda e Industria estudian un sistema para incentivar económicamente a los gestores y empresarios públicos
Pese a las reticencias gubernamentales a modificar la normativa sobre la imposibilidad de sobrepasar los siete millones de retribución bruta anual para altos cargos y empresarios públicos, los ministerios de Economía y Hacienda y el de Industria y Energía no descartan la posibilidad de crear de manera inmediata un sistema de incentivos extrasalariales que permita mantener el nivel de concurrencia económica y competencia profesional de los gestores públicos. Algo parecido a este sistema, en fase de estudio avanzado, se ha comenzado a aplicar ya, como experiencia piloto y bajo la responsabilidad exclusiva de sus presidentes, en algunas empresas públicas e incluso en la propia Administración, según constatan fuentes oficiales.
El plan, bajo estudio en los departamentos citados, parece basarse en una propuesta realizada personalmente, a mediados del pasado año, por el presidente del Instituto Nacional de Industria (INI), Enrique Moya, a los titulares de Hacienda e Industria, Miguel Boyer y Carlos Solchaga. La propuesta consistiría en primar con retribuciones extrasalariales a aquellos empresarios y directivos que, en sus respectivas empresas, han cumplido satisfactoriamente los objetivos cifrados o, dicho de otra manera, han obtenido mejoras contrastables en la marcha de la empresa y en a cuenta de resultados. Aunque el problema de la objetivación de estos incentivos únicos anuales parece ser el mayor obstáculo -pero no el único- para la aprobación del plan, en algunas empresas, e incluso en la propia Administración, se ha comenzado a aplicar unilateralmente esta medida. Tal es el caso de Equipos Electrónicos (EESA), donde se han realizado contrataciones de personal muy especializado, en el sector de la informática, con sueldos fijos bajos, pero con posibilidades de emolumentos superiores a los siete millones en el caso de que se alcancen las metas fijadas. Otro ejemplo ha sido la contratación por la propia Administración de algunos consultores expertos en campos específicos a los que no se les ha sometido a la limitación salarial.
El programa, en el caso de las empresas del INI, parece estar ligado a la suerte final del nuevo estatuto de este holding público, presentado al Ministerio de Industria el pasado marzo, y de la opinión final del Ministerio de Hacienda en relación al resto de organismos públicos. El hecho de que el Tribunal de Cuentas audite a empresas y entidades públicas y pueda levantar reparos a cualquier decisión que se adopte fuera de la normativa general, parece ser uno de los impedimientos principales a la adopción de esta u otra inciativa similar, según fuentes solventes.
El problema de los salarios de altos directivos de empresas y de los cargos públicos, sacado con cierta virulencia a la opinión pública por los recientes ceses-dimisiones de tres presidentes de empresas públicas, se ha visto agravado con la entrada en vigor, el pasado día 17, de la nueva ley de Incompatibilidades en el Sector Público. Sin que se llegara a producir la desbandada general que algún presidente cesado pronosticó con evidente falta de tacto, es cierto que el grado de malestar en los órganos gestores de determinadas empresas públicas se ha incrementado en los últimos meses, especialmente después que se cumpliera el plazo de un año que en medios de las empresas se había fijado para que el problema se resolviera con discreción. Lo más curioso de este asunto es que la normativa limitadora de los sueldos oficiales no figura como tal, ni ha sido publicada en ningún órgano oficial, según las consultas realizadas en los ministerios de Hacienda e Industria, departamentos con responsabilidad última sobre la administración y las empresas públicas.
Por su parte, en la oficina del portavoz del Gobierno han señalado que la normativa, de carácter genérico, fue decidida por la totalidad del Gabinete, y aunque no figura en ninguna disposición escrita, fue adoptada como una "medida de claro corte ejemplarizador, hasta cierto punto pretendiendo crear un clima de saneamiento moral dentro de los distintos cuerpos del Estado ante los excesos del pasado".
Con recepción mixta dentro de la administración y empresas, la medida afectó también de manera desigual en los distintos organismos del sector público e incluso se aplicó, en el tiempo, en momentos distintos. En el Banco Exterior de España, donde el Estado tiene mayoría del capital pese a su estatus de organismo privado, la aplicación se hizo el primero de enero de 1983, apenas inaugurado el nuevo Gobierno. En las empresas públicas, tanto en las englobadas en el INI como el INH o el Patrimonio, se hizo con un considerable retraso ' no antes de abril. En el Banco de España, cuya situación jurídica es muy distinta a una empresa pública, también se corrigieron los sueldos, dejando, eso sí, el del gobernador, por aquello del prestigio, en un millón más que el del presidente del Gobierno.
El argumento más sólido en contra de la normativa sobre salarios máximos es la descapitalización de gestores competentes y de cerebros renovadores y con imaginación que puede experimentar el sector público en España. La idea de empresa pública eficiente y generadora de empleo y con beneficios puede resultar incompatible con la de unas retribuciones de sus responsable por debajo de la empresa privada, según un alto directivo consultado.
Otros afectados, que obviamente no desean que su nombre se cite, lo ponen de una manera más directa: "Ahorrar dos millones al año en un sueldo cuando se corre el riesgo de perder miles de millones en la cuenta de resultados con un mediocre o mal gestor es una medida difícilmente explicable, a no ser que se pretendan otros objetivos". Otro problema adicional es la rigidez del sistema salarial en las empresas públicas, que ha provocdo que las diferenciales sean tan pequeñas en la parte alta de la escala, que, en ocasiones, crea situaciones donde algunos subordinados cobran más que los directivos.
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