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Confirmada la prórroga para este año de la actual tabla de retenciones sobre la renta

La actual tabla de rentenciones para el impuesto sobre la renta, vigente desde el pasado mes de junio, se mantendrá durante este año, según fuentes oficiales de Hacienda, cuyos técnicos recomendaron hace varias semanas la prórroga. Sólo persiste la duda en torno a la conveniencia de retocar los tipos aplicados a los pensionistas, después de que el Consejo de Ministros decida hoy la subida de sus prestaciones. También se ha sabido que el Ministerio de Economía y Hacienda ha recibido la sentencia del Tribunal Supremo sobre la no tributación de los subsidios de paro, y acaba de dictar la orden para que se ejecute la misma.

Las devoluciones a los desempleados que sufrieron retención en los subsidios se iniciarán probablemente dentro de un mes, de acuerdo con las fuentes consultadas. Aunque la sentencia fue dictada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo a principios del verano pasado, Hacienda decía hasta ahora que no tenía conocimiento oficial del fallo, y que había reclamado su texto tres o cuatro veces al alto tribunal.El subdirector general del Impuesto sobre la Renta, Ramón Drake, confirmó ayer que la sentencia ha llegado en los últimos días a Hacienda, cuyos responsables dictaron inmediatamente la orden de ejecución, que ha sido enviada al Boletín Oficial del Estado. Paralelamente, se van a dar instrucciones a las delegaciones del ministerio sobre cómo proceder a las devoluciones, trabajo que demorará su realización algunas semanas.

Sin embargo, la recepción oficial de la sentencia no ha modificado mucho los criterios de la Administración: devolver las retenciones sólo a quienes las hayan recurrido o a quienes las soliciten en la forma y plazo que se comunicará a las delegaciones dé Hacienda (seis meses a un año después de que los contribuyentes afectados presentaron la declaración). Así, se estima que las devoluciones practicadas en el último año a los parados -había cerca de medio millón que cobraba subsidio- difícilmente superarán los 10.000 millones de pesetas. La única novedad al respecto es que la operación se extenderá a los descuentos de todo el año 1982 y a los del primer semestre de 1983 (en el segundo, el Instituto Nacional de Empleo recibió instrucciones de dejar de retener), aunque ya había trascendido que las del primer semestre podían ser compensadas en las próximas declaraciones de los contribuyentes sobre las rentas del pasado ejercicio.

Continuidad de la tabla

Pero se mantiene la negativa a devolver el dinero de años anteriores a 1982, pese a que el plazo general de prescripción para los cobros es de cinco años. Frente a la opinión de algunos asesores fiscales, consistente en que -al margen de este procedimiento- los afectados podían haber impugnado o impugnar en el futuro sus declaraciones de renta, por ingresos indebidos de Hacienda, el problema práctico es que una parte de los desempleados no presentó declaraciones, por no haberlo hecho nunca o porque no alcanzaba el nivel mínimo. Por éste y otros motivos, el criterio de diversos asesores, recogido también en medios de la inspección, es que las devoluciones no tendrían que ser solicitadas, sino realizadas de oficio a todos los perjudicados, puesto que se ha producido un error de derecho.

Por otra parte, la decisión sobre la continuidad de la tabla general de retenciones introducida el pasado mes de junio no excluye la posibilidad de que se modifiquen las aplicables a los pensionistas. No obstante, también a este respecto los expertos han planteado, entre otras alternativas, la de que continúen vigentes las actuales. De ser así, ni siquiera sería necesario publicar un decreto de prórroga, pues no se variaría ninguno de los otros aspectos del decreto, ya que la subida del 16% al 18% en las rentas del capital ha sido instrumentada por ley.

Según fuentes solventes, sin subir el tipo de retenciones a los pensionistas, lo que se pretende en alguna de las alternativas formulada es que la subida de pensiones que apruebe hoy el Consejo de Ministros no provoque la concentración de pagos en el momento de hacer la declaración, para prevenir problemas de liquidez.

La elevación de prestaciones será del 8% para las pensiones inferiores a 70.000 pesetas mensuales y del 11% para las que tengan que soportar cargas familiares del beneficiario. El Gobierno ha debatido en las últimas semanas las escalas para cada tipo de pensión y, a partir de 70.000 pesetas, la escala de revisión es más o menos decreciente. No se entra en la regulación de casos concretos, que quedará pendiente del proyecto de ley de pensiones.

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